Se están tramitando en el Congreso de los Diputados varias reformas que afectarán de forma importante a los conductores españoles. Resaltamos las principales y advertimos que aún no están en vigor:

 

-Un vehículo aparcado en zona azul sin la debida autorización no podrá ser retirado por la grúa aunque sí podrá ser multado

 

-Estacionar en las plazas para discapacitados se considerará una falta grave con multas de hasta 200 euros, al igual que programar el navegador mientras se conduce.-Conducción de forma negligente: El titular del permiso no perderá cuatro puntos, como hasta ahora, en los casos de "conducción de forma negligente".- No se perderán puntos por parar en el carril-bus, en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores o intersecciones. En estos casos el conductor podrá ser multado.

- No se perderán puntos en autopistas de acceso a ciudades, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.

- Se permitirán los avisadores de radar, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los sistemas de control de velocidad.- Sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio. 

-Deja de ser obligatorio llevar encima los documentos del coche: deberá ser la Administración la que compruebe que el vehículo cuenta con todos los permisos.

-Se aumenta el descuento por "pronto-pago", que pasa a ser de hasta el 50% del importe de la multa que, además, podrá pagarse en el mismo momento de la denuncia y con tarjeta de crédito.    Se persigue que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás.-Otra reforma de la que se habó mucho, pero que esperamos que no prospere es la de terminar con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa. Querían hacer  desaparecer el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h.

-Circular rápido en tramos urbanos será más castigado: Conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h , pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.

 
-Los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrán la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles, para impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.


Parece que estas modificaciones obedecen a que la DGT considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras.

 

Esperemos que el tiempo les de la razón.