J. M. P. P. interpuso "una denuncia mendaz" contra otro hombre ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, atribuyéndole "el intento de asfixia de la esposa del mismo, con pleno conocimiento de que los hechos eran inciertos", dando lugar a actuaciones judiciales que luego sobreseyó el juzgado, según dice la sentencia que lo condena .

Entre el 27 de junio y el 1 de julio de 2013, el acusado envió mensajes de texto al otro alertándolo de que si no se planteaba una separación amistosa de su pareja, él era conocedor de que "lo grave que sucedió cuando intentaste asfixiarla por el cuello para matarla.../ ... un delito que te puede llevar a la cárcel". Y "te recuerdo que mañana vence el plazo desconociendo cuál será tu decisión, espero que sea la de separarte por iniciativa tuya".

Le hace saber que "te tengo denunciado en el juzgado de Violencia de Género.../... Te imputarán un delito de homicidio o asesinato.../... Existe la opción de que el maltratador puede separarse con la condición de que el caso se archive".

El Juzgado de lo Penal 2 condena a J. M. P. P. a 24 meses de multa por delitos de denuncia falsa y coacciones, le prohíbe acercarse a al hombre y a la mujer a menos de 500 metros, y de comunicar con ellos por cualquier medio durante 5 años. También impone 10 días de multa por una falta de injurias, según consta en el fallo de la sentencia.