Ya anunció el alcalde, Francisco Javier Fragoso, que ésa era tu pretensión y ayer el portavoz del PP, Celestino Rodolfo, tras la reunión de la Junta de Gobierno Local, confirmó que el Ayuntamiento de Badajoz presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para defender que el comercio pueda abrir más días de los 10 festivos al año permitidos. Recurrirá la sentencia del 11 de mayo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) que desestimó a su vez el recurso que planteó el consistorio pacense contra la decisión de la Junta de revocar la declaración como Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) a efectos de horarios comerciales. En la misma situación están Mérida, Moraleja y Cáceres. El Ayuntamiento de Cáceres ha recurrido la sentencia que también el TSJEx falló en su contra.

En el fallo que desestimaba el recurso de Badajoz, el tribunal extremeño negaba que la decisión adoptada por la Consejería de Economía e Infraestructuras de revocar la ZGAT careciese de motivación y fuese arbitraria y mencionaba que existía un acuerdo «casi unánime» del Consejo de Comercio de Extremadura, que concluyó que la ampliación de festivos no supuso un mayor volumen de ventas ni de contratos en el comercio extremeño, según los datos recabados a las organizaciones empresariales de comercio y a los sindicatos del sector. Además, según el TSJEx, la declaración de Badajoz como ZGAT se realizó (en el 2013, cuando en la Junta estaba el PP) «sin haber analizado la relación turismo-comercio» y «sin estudiar la relación directa entre las necesidades del turista-consumidor y el régimen de horarios fijado».

En el recurso de casación, el ayuntamiento vuelve a repetir las argumentaciones -no se pueden introducir otras distintas- que ya expuso ante el TSJEx y que ayer recordó Rodolfo. En su día -apuntó- se otorgó el reconocimiento de ZGAT a Badajoz por ser un área de influencia fronteriza y por el turismo de compras. La Ley de Comercio se cambió en el 2016 y facultó a la Junta para revocar este nombramiento «siempre que cambien las circunstancias que fueron tenidas en cuenta para su concesión», recalcó el concejal, porque ahora no concurren, según la Dirección General de Turismo, en contra de lo que dictamina un informe de los técnicos municipales.

Según Rodolfo, lo que ha venido a decir el TSJEx es que en base a la ley del 2016 los cauces seguidos para revocar el nombramiento son correctos y que el gobierno regional «tiene discrecionalidad para poder tomar la decisión que ha tomado». Para el concejal, es en el concepto de «discrecionalidad» donde entra en juego «la opinión y los criterios de cada uno», por establecer la frontera con la «arbitrariedad». Además, el concejal apuntó que también existe la «polémica» con la definición de pernoctación, pues la Organización Mundial de Turismo entiende que un turista es una persona que visita, mientras que para la Junta, para ser turista tiene que pernoctar. En cuanto a que el tribunal cuestione el criterio para designar los días de apertura del comercio, Rodolfo apuntó que se optó por los primeros domingos de mes para generar en los ciudadanos «una certeza» de la fecha habitual.