El Ayuntamiento de Badajoz recurrirá todas aquellas sentencias que le obliguen a devolver el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) cobrado como urbano antes de 2016 a terrenos que deberían haber pagado como rústicos.

La primer teniente de alcalde de Badajoz, María José Solana, ha recordado que la modificación de la Ley del Catastro que abordaba este tema entró en vigor el 1 de enero de 2016.

Esta modificación permite a los terrenos urbanizables sin desarrollar tributar el IBI como rústicos, no como urbanos, pero solo a partir del 1 de enero de 2016.

Por este motivo, y pese a que en 2014 el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) dio la razón a la Fundación Dolores Bas de Arús en este sentido, el juzgado especificaba que se trataba de este caso concreto y, por tanto, no se podía hacer extensible a otras demandas.

Así, el objetivo del consistorio pacense es recurrir las sentencias favorables a ciudadanos que se refieran a cobros de antes del 1 de enero de 2016, en el Tribunal Superior de Justicia en el caso de referirse a menos de 30.000 euros, y al Tribunal Supremo en cuantías superiores.

Como ha explicado María José Solana, los servicios jurídicos de la institución municipal entienden, de este modo, que no se puede hacer una lectura extensiva de una sentencia de 2014, sino desde el 1 de enero de 2016, fecha en la que se modificó la ley.

La primer teniente de alcalde de la capital pacense ha recordado que fue la sentencia de 2014 la que creó el cambio de la normativa de 2016, dentro de un proceso donde también se interesó la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

El ayuntamiento, según Solana, estudia ahora qué cantidad económica se dejó de ingresar en 2016 por los terrenos urbanizables sin desarrollar que tributan ahora como rústicos, aunque ha reconocido la "magnitud" que supondrá en los próximos años no cobrar estos terrenos ya como urbanos.