La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a José Goyes Amador, de 47 años, único acusado por el crimen de Talavera la Real, a 18 años y medio de prisión, de los que 14 años corresponden al delito de homicidio, en el que concurre la agravante de abuso de superioridad, y otros cuatro años y medio por robo con violencia e intimidación en casa habitada con el agravante de reincidencia. El acusado no podrá residir en Talavera durante otros 10 años tras el cumplimiento de la pena de cárcel e indemnizará además a la hermana del fallecido con 50.000 euros.

En la sentencia se consideran como hechos probados que la víctima, Antonio Paniagua Moreno, que entonces tenía 66 años. había pasado la tarde del 17 de diciembre bebiendo en distintos bares de la localidad y sobre la una de la madrugada regresó caminando a su domicilio «en evidente y notorio estado de embriaguez». El procesado, con antecedentes por robo con violencia e intimidación y robo con fuerza, había estado esa misma tarde en un bar de Talavera, en una de cuyas rejas dejó atada su bici para dirigirse en coche con un conocido a la barriada pacense de Los Colorines, donde consumieron sustancias estupefacientes. Sobre la una de la madrugada regresaron y el acusado recogió su bici para irse a casa. En el camino vio a Antonio. «Decidió seguirle y abordarle al alcanzar aquel su domicilio» y «con ánimo de ilícito enriquecimiento», bien tras negarse la víctima a darle dinero o sin mediar palabra le «golpeó en la cabeza con una maceta con bloque de cemento en su interior (...) al menos en cuatro ocasiones» provocando que cayera de bruces al suelo y sufriera fractura nasal con aplastamiento facial. Quedó conmocionado y el procesado le ató las manos a la espalda y registró la casa, revolviendo todas las pertenencias. Antes de marcharse, creyendo muerto a Antonio, tapó le cuerpo con mantas y cerró con llave la vivienda. Antonio Paniagua murió asfixiado a una hora no determinada, de madrugada, al quedar sus orificios nasales tapados e inmersos en un charco de sangre. El cadáver fue encontrado por su hermana a las 14.10 horas del día siguiente. No se ha podido concretar la cantidad de dinero robada, que pudo rondar los 200 euros. La sala no ha considerado que fuese un asesinato, al no concurrir el ensañamiento, que conlleva la provocación de sufrimiento. La sala ha tenido en cuenta el gran efecto probatorio de las pruebas de ADN, pues los perfiles genéticos de ambos aparecieron mezclados en el domicilio del fallecido y los de la víctima en la bici del acusado. Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.