La Sección Penal de la Audiencia Provincial de Badajoz condenó ayer a R. P. L., a 3 años de prisión y una multa de 10.000 euros, como autor de un delito contra la salud pública, consistente en venta de droga en establecimiento público, aplicando la agravante de reincidencia y la atenuante muy cualificada de drogadicción.

Esa fue la pena resultado de un acuerdo de conformidad entre el Ministerio Fiscal y el letrado de la defensa, Miguel Ángel Trigo González, ratificado en la vista oral, después de que el acusado asumiera su responsabilidad y la Fiscalía modificara sus conclusiones iniciales, rebajando la pena solicitada de 8 a 3 años, al atender la circunstancia atenuante muy cualificada de drogadicción.

Los hechos juzgados ocurrieron en noviembre de 2016, consecuencia de una operación de vigilancia de la Unidad de Estupefacientes, sobre un bar de la calle Zapata, de Badajoz, que regentaba el acusado, hallando en él y en su vivienda 1.652,07 gramos de hachís, 23,7 de cocaína.

Estas circunstancias dieron lugar a que el fiscal solicitará la suspensión de la vista anterior para modificar su informe y añadir el tipo agravado de venta de droga en establecimiento público. Ello suponía un incremento de la pena de los 6 años iniciales a 8.

No obstante, aunque el tribunal accedió a la suspensión y se realizó el cambio en el informe, esta petición de pena se ha visto reducida a los 3 años, por el acuerdo mencionado.