La Audiencia de Badajoz ha condenado a José A. S. S. a tres años de prisión por un delito de lesiones y al pago de una indemnización de 2.700 euros, al tiempo que lo absuelve del delito de violación del que ale acusó el fiscal, según una sentencia que puede ser recurrida ante el Supremo.

El tribunal consideró probado que el acusado, la madrugada del 5 de julio del 2005 requirió los servicios sexuales de una mujer de nacionalidad búlgara que ejercía la prostitución en la calle Joaquín Costa, así como que cuando ésta la pidió que se pusiera un preservativo, el hombre comenzó a darle puñetazos y golpes por todo el cuerpo, a la vez que con la mano tapaba la boca a la mujer, quien en defensa propia le mordió un dedo y le hizo sangrar, logrando éste derribarla al suelo.

La mujer sufrió contusiones y erosiones por todo el cuerpo, así como un esguince. El acusado fue detenido en las proximidades del lugar de los hechos el 21 de julio del mismo año, ocupándosele el ciclomotor que llevaba el día que ocurrieron los hechos.

FUNDAMENTOS El tribunal señala en los fundamentos jurídicos que los hechos constituyen un delito de lesiones claro, del que es responsable el acusado, que expresó su arrepentimiento por ello, pero entiende también que no se dan los requisitos para contemplar el delito de violación. Dice así: "La Sala no ha adquirido la convicción necesaria, tras el análisis y valoración de las pruebas practicadas en el juicio como para dictar una sentencia condenatoria", en este sentido.