El cirujano de Clideba A. G. R. ha sido condenado a una multa de 3.000 euros y al pago de una indemnización de 75.000, en el juicio seguido ayer en el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz, tras alcanzar las partes un acuerdo de conformidad.

A. G. R. estaba acusado inicialmente de un delito de homicidio por imprudencia profesional grave con resultado de muerte, por el fallecimiento de una mujer de 79 años, que tras ser operada en el clínica privada Clideba, falleció días después. Por estos hechos el fiscal solicitaba en sus conclusiones provisionales dos años y tres meses de prisión, y una indemnización de 40.000 euros a las dos hijas de la fallecida.

La acusación particular, por su parte, pedía un año de cárcel y una indemnización total de 107.200 euros, mientras que la defensa consideraba que no había delito alguno, que el fallecimiento era un riesgo posible en la operación, y pedía la libre absolución.

Antes de comenzar el juicio, las partes alcanzaron un acuerdo de conformidad, por el que el acusado y los responsables civiles subsidiarios aceptaban la responsabilidad del cirujano, y las acusaciones por su parte, la sustitución de la pena de prisión por una multa de 3.000 euros y el pago de 75.000 euros. Así, no tuvo que celebrarse el juicio, más allá de que juez titular procediera a leer in vocce la sentencia, que tras confirmar las partes que no la recurrirán, declaró firme.

Los hechos juzgados ocurrieron el 20 de febrero de 2012, cuando la mujer fue intervenida en una operación quirúrgica programada en Clideba --entonces de IDC Salud--, derivada por el Servicio Extremeño de Salud (SES) en el marco del plan de eliminación de listas de espera, por A. G. R. especialista en Cirugía General.

La intervención fue de una «colecistectomía laparoscópica»; después de otra anterior «por pólipo en colon y eventración». Al día siguiente la paciente pasó a planta; el 22 recibe el alta hospitalaria; el 23 acude a Urgencias del Infanta Cristina, donde se le detecta y opera una «peritonitis fecaloidea por perforación de colon transverso y enfisema subcutáneo abdominal generalizado con restos fecaloides y esclacelos».

EXITUS / También se procedió «al lavado de la zona y se extirpó el segmento perforado con práctica de hemioclectomía derecha, ileostomía y colocación de bolsa y drenaje en pelvis». A pesar de todo, «la paciente entró en shock séptico refractario y fracaso multiorgánico, siendo éxitus --salida mortal-- a las 18.00 horas del día 26», según el informe forense.

Además, el SES contaba con seguro de responsabilidad civil, el cirujano con pólíza personal «y no consta, según el fiscal, es que IDC Salud haya aportado sus pólízas, ni el convenio suscrito para la derivación al mismo de pacientes del SES en espera».

El abogado de la acusación, Pedro del Pino, denunció estos hechos el 20 de febrero de 2013, haciendo constar que la paciente «no fue informada en ningún momento de los riesgos de dicha cirugía». Y que el cirujano actuó «sin el consentimiento informado de la paciente, exponiéndola a los riesgos de escasa frecuencia pero de extrema gravedad, la perforación de órganos vitales».