El Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz condena a tres años de prisión a un ciudadano por maltratar psicológicamente y comunicarse de forma violenta con su ex mujer un año después de la separación. Según la sentencia que recoge la agencia Efe, el inculpado, Juan Antonio S.R., envió múltiples mensajes y efectuó llamadas telefónicas a su ex entre el 14 y el 23 de enero de 2006 con "contenido vejatorio e intimidante con el objetivo de alterar el ánimo" de la víctima. Los hechos objeto del proceso judicial tuvieron lugar aproximadamente un año después de la separación matrimonial entre las dos partes tras tres denuncias efectuadas por la mujer a causa de las agresiones físicas provocadas por el que era entonces su marido. Todos los mensajes y llamadas recibidos por la víctima tuvieron lugar del 14 al 23 de enero de 2006, pese a que en la sentencia se le prohibía al marido el acercamiento y la comunicación con ella hasta enero del presente año. Como consecuencia del acoso y vejación sufrido por la mujer, la víctima padeció un deterioro psicológico que desembocó en un "síndrome depresivo y en episodios de ansiedad y déficit de autoestima", susceptibles de mejorar con el tratamiento adecuado, según estima el texto judicial. Por todo ello, el magistrado establece, tras el juicio oral, la condena de Juan Antonio S.R. como autor responsable, por un lado, de un delito de maltrato psíquico, con el agravante de reincidencia, a las penas de once meses de prisión y la prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima por periodo de cuatro años. Asimismo, el juez considera también un delito de violencia habitual por el cual impuso una pena de dos años y un mes de prisión y una orden de alejamiento y comunicación similar a la anterior. La sentencia no tiene carácter firme y cabe por parte de la defensa del acusado la presentación de un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.