El Reglamento de Participación Ciudadana habilita los canales más adecuados para el ejercicio de los derechos de los habitantes de una ciudad.

El reglamento tipo elaborado por la Federación Española de Municipios y Provincias (Femp), y en el que se basa el borrador del nuevo texto para Badajoz, aborda en cuatro capítulos los derechos de los ciudadanos, la organización municipal, los órganos de participación y el fomento de metodologías participativas.

La organización municipal a la que alude el modelo de la Femp es aquella que facilite el acceso del ciudadano a datos, trámites y actuaciones municipales. Esta organización ha de recoger sistemas de información, atención y comunicación; audiencia pública y fichero municipal de entidades ciudadanas.

Los órganos de participación que el reglamento tipo establece son el consejo de ciudad, los consejos territoriales (de distritos o barrios) y los consejos sectoriales (en los que estarán presentes las entidades inscritas en el fichero municipal)

Las metodologías a las que se refiere la Femp son las que fomenten procesos participativos con fases de difusión de la materia o proyecto en la que participar, debate ciudadano y comunicación del resultado del proceso a las personas participantes y la ciudadanía.