El magistrado del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, José Antonio Bobadilla, ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa seguida contra los acusados --un padre y su hija-- del crimen de Santiago Maldonado. La causa es que "no consta acreditada la perpetración del hecho criminal investigado", dice el juez. El asesinato se se cometió la madrugada del 14 de abril en la calle Virgilio Viniegra, en Suerte de Saavedra.

Los acusados eran J. I. M. B. y su hija M. D. M. B., que fueron detenidos por la policía el 29 de abril y puestos disposición del juez el 1 de mayo, quien tras tomarles declaración decretó el secreto sumarial y su ingreso en prisión sin fianza. pero 13 días después dictó un auto de libertad con cargos, al no apreciar pruebas objetivas de su participación en el crimen.

El magistrado ha dictado un auto con fecha del 8 de octubre, en el que dice que "a la vista de las actuaciones y tras la aportación de los principales dictámenes de la Policía Científica, sin que hayan surgido nuevas pruebas o indicios sobre la autoría del homicidio investigado, según manifiesta la propia policía, debe reiterarse".

Y añade que "como ya se hacía el auto por el que se acordó la libertad provisional de los imputados, de la investigación policial realizada solo se deduce la coincidencia espacio temporal de los inculpados con el fallecido en las horas inmediatamente anteriores a su muerte, pero nada más".

Señala, además que "no puede esgrimirse la existencia de prueba indiciaria en este caso para continuar con la instrucción, dada la manifiesta insuficiencia de los indicios a que se refiere el atestado policial".

El juez considera que muchos de "esos indicios son meras sospechas no corroboradas por alguno de carácter objetivo", entre los que se refiere al "hallazgo del arma, la detección de ADN en pruebas, o vestigios". Y es "por todo ello, que procede el sobreseimiento provisional". El auto puede ser recurrido ante el propio juzgado, o en apelación.