El titular del Juzgado de los Social 2 de Badajoz, Antonio Seoane García, ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad para reclamar el derecho a un régimen público de Seguridad Social que asegure a un trabajador --Francisco José Gragera, demandante-- la protección social frente al desempleo, según el auto 300/2004 y conforme al artículo 35,2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC). Es la tercera cuestión que Seoane eleva al Constitucional.

El auto cuestiona que el desempleo parcial sólo procede cuando al trabajador se le reduce la jornada de trabajo más de un tercio, de modo temporal y en expediente de regulación de empleo, "lo que infringe los artículos 14 y 41 de la Constitución", referidos a la igualdad y a la protección por desempleo por el sistema de Seguridad Social.

Seoane señala que carece de sentido proteger esta situación cuando es temporal y colectiva y no cuando es definitiva e individual, pues ello deja fuera de toda protección una situación más grave que la protegida y a empleados de pequeñas empresas.

La cuestión tiene por objeto el estudio de la adecuación a la norma constitucional del párrafo final del artículo 203 del texto refundido de la Ley General de Seguridad Social. El juez explica que el trabajador vio reducida su jornada laboral en más de un tercio de forma "indefinida" y "por decisión empresarial no autorizada por afectar a un sólo trabajador".

IGUALDAD Y PROTECCION El magistrado expone que el artículo 14 de la Constitución impone la igualdad ante la ley, "con más razón aquellas desigualdades de trato que responden a criterios arbitrarios o carentes de justificación". Y que el artículo 41 garantiza la protección social frente al desempleo. No obstante, señala que "a nuestro parecer, el artículo 41 no obliga a dar protección al desempleo parcial, pero si la legislación ordinaria asume y desarrolla la protección por tal contingencia, no puede excluir los supuestos más graves", según el auto judicial.