El Juzgado de Instrucción número 1 de Olivenza ha acordado la apertura de juicio oral por un caso conocido como el del fraude del IVA, en relación con los hechos denunciados a principios del 2004 por la Agencia Tributaria por un presunto fraude del tipo carrusel cometido en el 2003, por importe de 45 millones de euros, el mayor detectado hasta entonces. El auto de la juez de Olivenza, que lleva fecha del día 6 del pasado mes de abril, ha estado inmerso en un complejo proceso de comunicación a cada una de las partes afectadas --nueve acusados y sus defensas, el fiscal y la Abogacía del Estado--, hasta últimos de julio, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

La juez que ha instruido el procedimiento abreviado número 16/2004 del Juzgado de Olivenza señala el texto judicial que "los hechos que motivaron la incoación de este procedimiento son los siguientes: sustracción de la base imposible del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) realizada por Juan Díaz García, Andrés Cano Rodríguez, Juan José López Asensio, y Juan Delgado Pulgar durante los años 1997, 1998 y 1999 respecto de ventas intracomunitarias".

INCUMPLIMIENTO También el "incumplimiento de la obligación de pago del IVA durante el año 2000 por parte de Juan Díaz García y Luis Parra Pérez; las defraudaciones del IVA realizadas por Juan Díaz y Gabriel Manuel Sicilia Trejo durante los ejercicios 2001 y 2002 a través de la empresa Ailicis S.L.". Además de "defraudaciones relacionadas con las adquisiciones intracomunitarias de bienes, devengadas y no declaradas realizadas durante el año 2001 mediante la sociedad Moham 2001 S.L. por Juan Díaz, Andrés Cano, Gabriel Manuel Sicilia, Vicente Espejo, Joaquín Tafur y Natalia Soldevilla".

Sobre estos hechos presuntos, el Juzgado de Instrucción indica que "se tiene por formulada la acusación" a Juan Díaz García como autor de siete delitos contra la hacienda pública, del artículo 305 del Código Penal; a Andrés Cano Rodríguez por cuatro delitos del mismo tipo que el anterior; a Juan José López Asensio por tres delitos; a Juan delgado Pulgar por otros tres; a Luis Parra Pérez por uno; a Gabriel Manuel Sicilia por tres; a Vicente Espejo Fernández por uno; a Joaquín Tafur por dos y a Natalia Soldevilla por uno también. En total son 25 delitos contra los nueve acusados.

Asimismo, el auto ratifica la libertad provisional y sin fianza de los antes citados, "con la obligación de comparecer ante el mismo juzgado y el que ante el órgano judicial que en su día conozca la causa", cuantas veces fuera llamada, comprometiéndose además a participar al juzgado los cambios de domicilio que puedan efectuar, "con el apercibimiento de que el incumplimiento de las obligaciones señaladas puedan suponer la resolución acordándose en su lugar la prisión provisional".

El juicio por este presunto fraude corresponde ahora al Juzgado pacense que le corresponda el caso hacer el señalamiento y determinar la fecha correspondiente para su celebración.

ORGANO COMPETENTE Por otro lado, la juez instructora, Samantha Reynolds Barredo, declara como órgano competente para el conocimiento y fallo de la presente causa el Juzgado de lo Penal que por turno le corresponda, de los de Badajoz, y ordena que se notifique la resolución a las partes entregando copia a los acusados para que designen abogado y procurador; de no hacerlo, se procedería a nombrarlos del turno de oficio, sin que ello suponga no pagar las minutas, salvo que se acredite el derecho de los acusados al beneficio de la justicia gratuita.

Una vez elegidos los letrados, se les entregarán las actuaciones para que formulen su conformidad o disconformidad con la acusación; si no presentaran su escrito dentro de plazo el procedimiento seguirá su curso.

Por otro lado, la Abogacía del Estado solicitó una rectificación del auto, que le ha sido aceptada, y que consistía en que se atribuía a Joaquín Tafur un delito contra la hacienda pública, cuando debían ser dos.