La aprobación por el último Consejo de Gobierno del estatuto que regula la organización del centro Marcelo Nessi, de Badajoz --único en la región para la ejecución de medidas privativas de libertad de menores infractores--, vigilará que se trate con respeto y garantía a los internos mediante la creación de un servicio de inspección permanente.

Su entrada en vigor el 1 de enero próximo, con un nuevo reglamento, requiere la formación de la plantilla y su adaptación a las nuevas funciones y necesidades recogidas en el estatuto, así como "una estructura acorde con la realidad que se persigue". Además, la norma establece la creación y definición de órganos técnicos y de gestión y regirá la organización en cuanto a la acción socioeducativa.

Así, se crea un consejo de dirección colegiada, una subdirección técnica y una comisión de evaluación, al tiempo reconoce la existencia de equipos técnico socioeducativo. También define los puestos y perfiles profesionales de los 94 trabajadores de su plantilla, de los que 72 tienen tareas socioeducativas, además del personal de vigilancia, de enfermería y de un psiquiatra.

La norma también recoge "la obligación legal del deber de confidencialidad" para quienes desempeñan su actividad profesional en el centro, "con el fin de proteger la intimidad del menor, como recoge la ley", dijo la consejera de Igualdad y Empleo, Pilar Lucio.

LIBERTAD DE EXPRESION La consejera negó que se pretenda interferir en la libertad de expresión de los trabajadores en relación al funcionamiento del centro.

No lo ve igual la asociación profesional AES, que consideró en un comunicado que la Junta "busca ejercer la censura previa y evitar que lleguen a la opinión pública hechos como los ocurridos en este centro cercenando la libertad de expresión y de información". Además, consideró que los hechos ocurridos anteriormente en dicho centro "son muy graves" y que el presidente Vara debe asumir "su responsabilidad o dimitir".

En opinión de AES, "lo que debería regular el estatuto es el encubrimiento de malos tratos, o la prohibición de turnos de hasta 16 horas de servicio seguidas".

Lucio recordó que el vigilante juzgado por los hechos mostrados en un vídeo, al reducir a un interno, fue absuelto y que "tenemos el aval de la justicia, del Defensor del Pueblo, que archivó los expedientes abiertos a raíz de dos denuncias, y de la fiscalía".

Por otro lado, define el estatuto las acciones socioeducativas adecuadas para reeducación de la conducta delictiva y prevé la revisión periódica de los programas en marcha, al tiempo que pretende obtener la mayor implicación posible tanto de los jóvenes internos como de sus familiares.