La Sección --Primera-- de lo Penal de la Audiencia Provincial de Badajoz tiene previsto iniciar hoy la celebración un juicio por abusos sexuales sobre un menor de edad, que podría desarrollarse hasta el próximo día 2 de febrero, aunque fuentes de la defensa señalaron que es posible que se suspenda la vista oral, dado que no se han citado a todos, o debidamente, los testigos y a un perito.

Los hechos que juzgará la Audiencia tuvieron lugar, según los datos que figuran en el informe de las conclusiones provisionales de la Fiscalía Provincial de Badajoz sobre esta causa, el 14 de junio del año 2014.

En esa fecha y hacía las 16.30 horas, el acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, procedió «con ánimo libidinoso a llamar la atención de un menor de 10 años para que fuera a su casa», una vivienda sita en la ciudad de Badajoz

El hombre era vecino de la familia del niño, logrando atraer su atención y haciendo que lo acompañara a su domicilio, y una vez en el interior de la vivienda, «el acusado procedió, con el mismo ánimo libidinoso, a mostrarle un vídeo pornográfico en su teléfono móvil».

LOS HECHOS, SEGÚN EL FISCAL / En esa situación, el adulto dirigió al niño hasta el dormitorio de la casa y una vez allí, «se tumbó en la cama junto con el menor, le bajó pantalones» y ropa interior; «mientras le seguía enseñando el vídeo procedió a masturbarlo, y le introdujo su órgano sexual en la boca, mientras realizaba movimientos» compulsivos, durante unos minutos.

Así, el acusado, «antes de eyacular «sacó su órgano genital de la boca del menor y eyaculó en un bote barro. Después se dirigió al baño a limpiarse y al volver le dijo al niño que podía marcharse», según consta en las conclusiones de la Fiscalía.

Tras esa situación, el menor se dirigió a la casa de su familia y contó lo que le había sucedido a su hermano, «que a su vez se lo contó a su padre y a su madre», quienes presentaron la correspondiente denuncia. Además, el propio niño le contó los hechos a otro familiar, según consta en el informe del fiscal.

ANOMALÍA PSÍQUICA / Los informes forenses indican que el niño presenta «anomalías psíquicas, en forma de trastorno de hiperactividad, trastorno explosivo y está sometido a un fuerte tratamiento psicofarmacológico».

Señalan también dichos informes que el menor padece un grado de discapacidad del 44% y tiene «seria dificultad para la articulación del lenguaje hablado».

Además, se hacer constar que un hermano del menor «también padece anomalía psíquica», consistiendo ésta en «trastorno de conducta, con discapacidad intelectiva leve, con un grado de discapacidad del 34%.

Se da la circunstancia de que los dos hermanos se encuentran tutelados por los órganos de protección de la infancia y la familia de la Junta de Extremadura.

Así, el fiscal califica los hechos como constitutivos de un presunto delito de abuso sexual, del que considera autor responsable al acusado, para quien solicita la pena de ocho años de prisión y el pago de una indemnización, en concepto de responsabilidad civil, de 30.000 euros «por el año moral causado», cifra en la que coincide el letrado de la acusación particular, como también lo hace con el resto de la calificación del Ministerio Público.

LA DEFENSA / Por su parte, el abogado de la defensa, Luis Ángel Carretero Bernáldez, niega en sus conclusiones provisionales el relato de los hechos que formulan el fiscal y la acusación particular, «dado que mi representado ni participó en los mismos ni de la manera que se indica, siendo el presente procedimiento una maquinación de unos hechos y falta a la verdad por parte de los padres del menor».

Señala el letrado que ya se intentó archivar el procedimiento por parte de la instructora porque «existe una denuncia por referencias, que en nada tiene que ver con la realidad».

Dice también que «no hemos tenido oportunidad de escuchar al menor y a su hermano referir los hechos que denuncian sus padres». Añade que en el Juzgado de Instrucción «los menores no indican absolutamente nada y el único menor que declara, indica que no se cree nada de lo que dicen los hermanos».

El abogado Carretero Bernáldez mantiene en su escrito que «tras la declaración judicial, solicitada por el fiscal nueva declaración ante los técnicos competentes, tampoco se produce una sola palabra para incriminar a mi representado en los hechos denunciados. Y una vez más se demuestra que hubo y existe una denuncia falsa promovida por los padres del menor para obtener un beneficio económico».

La defensa considera que los hechos no constituyen el citado delito, que «no es autor el inculpado y que procede la libre absolución con declaración de las costas judiciales de oficio».