El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha estimado el recurso de la Junta de Extremadura contra una resolución del Juzgado de lo Contencioso 2 de Badajoz, que queda revocada, y desestima el recurso de unos padres contra la resolución de la Dirección de Educación, que rechazó el recurso de alzada contra una resolución del Colegio Ramón Izquierdo, Los Salesianos, de Badajoz, por la que se excluyó a su hijo de la lista de admitidos en el proceso de solicitud de plazas para el curso 2006-2007.

La Sala indica en sus fundamentos que no hubo falta de motivación, aunque fuese breve; desestima la petición de nulidad del proceso solicitado por los primeros demandantes; y señala que el proceso seguido por Educación es conforme al Decreto 23/2004, que no admite preferencias para los alumnos procedentes de etapas no concertada.