La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha estimado parcialmente el recurso de una mujer sobre la decisión del Servicio Público de Empleo Estatal de retirarle el subsidio de renta activa de inserción. La Sala revoca una sentencia de Juzgado de lo Social 1 de Badajoz y establece para la demandante la pérdida del subsidio durante un mes, y «la ulterior reposición en el percibo del mismo y con todos los efectos legales inherentes»,pues tiene reconocida por resolución de la entidad demandada, de noviembre de 2014, el derecho a la prestación.

El 26 de febrero de 2015, pese a tener una citación para la renovación de la demanda de empleo, no justificó con antelación su imposibilidad de comparecer, por lo que se acordó la revocación. La demandante, que sufre una patología osteoarticular, sufrió un día antes una recaída que le obligó a permanecer en reposo tres días por prescripción facultativa, extremo que puso en conocimiento de la entidad demandada el 17 de marzo.

Para la sala, no justificar la imposibilidad de asistir, «no significa que merezca la sanción impuesto», que puede ser «una infracción leve». Y entiende que debe quedar sin efecto la baja definitiva.