El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) dice que la servidumbre de los terrenos del antiguo Canal de Badajoz quedó extinguida cuando se aprobó el proyecto de compensación del plan parcial de Jardines del Guadiana, el 31 de enero del 1996, y que la citada empresa no tendrá que pagar los 1,8 millones de euros que le reclama el ayuntamiento.

La sentencia estima el recurso de Jardines del Guadiana contra la resolución municipal del 29 de junio del 2003, que le reclamaba 1.811.798,24 euros en concepto de supuestos derechos urbanísticos del canal por el plan parcial Jardines del Guadiana SUP-2-III (Suelo urbanizable programado), y anula el referido acto por no ajustarse a derecho, explicó a este diario el abogado Luis Díaz Ambrona.

El ayuntamiento reclamó dicha cantidad a Jardines del Guadiana a raíz de una denuncia de Marcelino González ante el ayuntamiento, que apoyó IU, por los presuntos derechos urbanísticos que podría tener el ayuntamiento por la superficie ocupada por el canal.

La sentencia, explicó el abogado, dice en sus fundamentos jurídicos que la corporación local aprobó definitivamente el 31 de enero del 96 el proyecto de compensación del plan parcial SUP-2-III, y que en él se declaraba expresamente que los terrenos ocupados por un antiguo canal que había suministrado agua potable a la ciudad, y ya en desuso, constituían una servidumbre que quedaba extinguida con el proyecto y adscrito a los terrenos adjudicados a Jardines del Guadiana.

A continuación señala el texto judicial que el 18 de mayo del 2004, "casi ocho años después de protocolizado el proyecto de compensación, se presenta por el hoy codemandado señor González Tena un escrito en la corporación aduciendo que los referidos terrenos tenían naturaleza de dominio público municipal". Que fue el origen de la reclamación del ayuntamiento. Ahora, el fallo judicial señala pues que la servidumbre quedó extinguida.

El recurso lo presentó Jardines del Guadiana en el año 2005. El letrado Díaz Ambrona manifestó ayer que "la valoración puede parecer un tópico, pero es que se ha hecho justicia; la reclamación del ayuntamiento carecía de todo fundamento jurídico".