El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado íntegramente el recurso de apelación formulado por la mercantil Párking de Conquistadores SL contra la sentencia del juzgado pacense que daba la razón al consistorio sobre la no autorización de la apertura del párking.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal extremeño ha emitido esta resolución en una sentencia con fecha 14 de abril, según ha informado el ayuntamiento.

En su recurso, Párking de Conquistadores alegaba que el Juzgado de lo Contencioso-administrativo Número 1 de Badajoz en su sentencia no había resulto conforme a derecho insistiendo en la procedencia de una recepción parcial de las obras realizadas ya que, aunque no se exprese en el contrato, existen dos fases independientes en la obra.

Una primera fase sería la construcción del aparcamiento subterráneo y la plaza en superficie, y una segunda la variante o anexo consistente en la construcción de un edificio dotacional.

Además, se añade, la empresa seguía solicitando la responsabilidad a la institución municipal por no haber permitido la apertura del aparcamiento y le reclamaba por ello 655.012 euros.

El consistorio alegó en su momento que no pudo autorizar la apertura del parking puesto que la empresa concesionaria no había cumplido el contrato.

Según el ayuntamiento, la empresa no había terminado la obra pública completa que incluía el aparcamiento, la plaza en superficie y el edificio rotacional, al no estar terminado éste último, además de existir "deficiencias" en el aparcamiento.

Ahora, la sentencia desestima íntegramente el recurso interpuesto por la empresa mercantil y argumenta, entre otros razonamientos, que la empresa "actora no ha completado la obra pública ya que existen deficiencias en cuanto al parking y la plaza, no subsanada, y además no ha completado el edifico dotacional".

Contra la sentencia del TSJEx, no cabe recurso ordinario imponiéndose las costas a Parking de Conquistadores S.L.