La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso de apelación presentado por la sociedad Parking Conquistadores S. L., contra la sentencia de un juzgado de la misma jurisdicción, de primera instancia, de fecha 7 de julio de 2014, sentencia que la sala confirma, condenando a la parte recurrente al pago de costas judiciales.

La sentencia viene así a dar la razón al Ayuntamiento de Badajoz, al que la mencionada empresa reclamaba la cantidad de 655.012 euros en concepto de responsabilidad por no permitirle abrir el aparcamiento.

Parking Conquistadores pretendía la recepción parcial de las obras realizadas, por considerar que existían dos fases independientes, la primera con la construcción del aparcamiento y la plaza, y la segunda con el edificio dotacional.

El ayuntamiento se opuso al recurso y las pretensiones de la empresa, aduciendo que el contrato no se entenderá cumplido por el contratista hasta no concluir la totalidad del mismo.

El consistorio alegó que no podía permitir las apertura del parking por no haber entregado la empresa la obra completa, al no haber finalizado el edificio dotacional, así como por una serie de deficiencias y modificaciones sin presentar la documentación requerida el 26 de octubre de 2012.

ARGUMENTACION La Sala rechaza el recurso de Parking Conquistadores en base a que entiende que no concurren las circunstancias para admitir la recepción parcial de la obra; porque la empresa "no ha completado la obra", porque hay "deficiencias no subsanadas"; porque "si se accediese a lo solicitado, se incumpliría el contrato y las reglas de licitación del mismo". Y concluye que la Administración "no ha hecho más que cumplir con lo pactado y con la ley y por ello no puede pedírsele ningún tipo de responsabilidad".