El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso de Jardines del Guadiana por el que reclamaba al Ayuntamiento de Badajoz más de 743.000 euros en concepto de daños y perjuicios debido a los pleitos para determinar la titularidad de los terrenos del Canal de Badajoz. Según informó ayer el consistorio, la sentencia, que analizó la Junta de Gobierno local, considera que no se dan los supuestos de responsabilidad patrimonial que la parte reclama.

La promotora había interpuesto un recurso de apelación contra la decisión del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Badajoz que daba la razón al ayuntamiento. El TSJEx confirma que no se da responsabilidad patrimonial, tal y como afirmaba la sentencia del Juzgado. El fallo judicial establece que de lo actuado se deduce que en su momento los funcionarios municipales actuaron dentro de una lógica razonable, en virtud de los datos y antecedentes que poseían, máxime cuando la propia empresa indujo a entender la situación de la finca con sus manifestaciones acerca de dicho terreno. El TSJEx impone pagar las costas a Jardines del Guadiana tras esta sentencia, para la que cabe recurso en casación ante el Tribunal Supremo. La empresa defendía que el tramo del antiguo canal que ocupaba los terrenos sobre los que construyó era una servidumbre que quedaba extinguida con el planeamiento.