La Junta de Gobierno dio a conocer ayer una sentencia favorable a los intereses municipales, dictada por el juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Cáceres por la que se desestima el recurso interpuesto por la empresa mercantil Feliciano Real SL, relativo a una sanción por incumplir la ordenanza de ocio, por la cual tendrá que pagar al consistorio 10.000 euros. Responsables de esta empresa explicaron a este diario que la multa data del año 2008 y debe ser asumida por el arrendatario de un local que fue de su propiedad, situado en La Madrila Baja y que vendieron posteriormente. Precisaron que recurrieron la sanción porque el local, denominado en aquel entonces como Davar, tenía la licencia fiscal a su nombre. Antes lo había hecho como La Cancha y ahora está ocupado por Tacones. La empresa anunció que recurrirá al Supremo.