Un total de 54 familias del edificio Los Pilares (en el Rodeo) reclaman a la constructora Mego los 700 euros que esta les exigió pagar a cada uno de ellos en concepto del impuesto de Plusvalía, en el momento en el que se formalizó el contrato de compraventa entre ambas partes. Los compradores han demandado a la constructora porque consideran que ésta introdujo en el contrato privado una cláusula abusiva de la que además no se les informó en el momento en el que se formalizó el mismo y que será objeto de juicio el mañana viernes en el Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Cáceres. Los compradores piden que la cláusula se declare nula, lo que les eximiría del pago.

Los clientes de Mego compraron sus viviendas mediante contrato privado entre los años 2002 y 2005 y elevaron a escritura pública esos contratos a finales del año 2005. En esos contratos Mego incluyó una cláusula que "obligaba" a los compradores a abonar el Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana --conocido como impuesto de Plusvalía--, "una responsabilidad que legalmente corresponde a los propietarios de los terrenos y no al comprador, pero que como estaba incluido en escritura pública se vieron obligados a abonar los compradores", defiende la abogada de los vecinos, Carmen Pita Broncano. La letrada sostiene que los compradores no fueron informados acerca del sentido y el alcance de la cláusula que estaban firmando, y que por tanto, no tuvieron posibilidad de modificar esta cláusula, puesto que "no se les ofreció más opción que la de contratar en los términos establecidos por la promotora, o en caso contrario, no contratar", afirma.

4 SE NEGARON A PAGARLO El pago de esa plusvalía supone incrementar el precio de cada piso en cerca de 700 euros (lo que supone en total casi 38.000 euros), una cantidad insignificante en comparación con el precio de una vivienda pero que, en todo caso, la encarece. "Lo importante no es que el precio sea caro, sino que provoca que el precio final sea distinto al que el comprador creía haber convenido", afirma la letrada. De los 54 demandantes, 50 han abonado ya ese impuesto, mientras que cuatro de ellos se opusieron a hacerlo efectivo.

En el momento en el que se llevó a cabo la firma de los contratos la legislación vigente en esta materia era difusa, puesto que la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios de 1984 que regía entonces, no era suficientemente clara y no decía expresamente que esa cláusula era abusiva, lo que daba lugar a interpretaciones en distintos sentidos. En todo caso una directiva europea del año 1993 (la directiva 93/13/CEE) corrigió esa circunstancia, definiendo y sancionando cláusulas incluidas en los contratos con los consumidores como esa por la que los compradores de viviendas en Los Pilares han demandado a Mego. El problema es que aunque esa directiva era de obligado cumplimiento para todos los contratos firmados a partir del 1 de enero de 1994, España no traspuso el contenido de la norma europea a su ordenamiento jurídico hasta el año 2006, a través de la Ley 44/06 de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios. "En ella, aunque se hizo muy tarde, sí se especifica que trasladar al consumidor el pago de la plusvalía es una cláusula abusiva y por tanto nula", insiste.

DOS PRECEDENTES Dos sentencias del Juzgado de Primera Instancia de Cáceres ya ha dado en las últimas semanas la razón a otros compradores de viviendas por el mismo motivo. En la primera de ellas, con fecha de 30 de septiembre de 2009, el titular del Juzgado Número 5 dictó sentencia favorable para otra propietaria de vivienda, en el mismo edificio, y consideraba "nula de pleno derecho" la cláusula por la se trasladaba al comprador el pago del impuesto de Plusvalía. "Es exactamente el mismo caso", recalca Pita Broncano, que intervino también como letrada en ese caso. La única diferencia es que en este caso era la constructora Mego quien había demandado a la compradora, según consta en la sentencia, por una deuda de 574´49 euros.

La compradora, cuyo nombre responde a las iniciales S.R.M. se había negado a cumplimentar el pago de ese impuesto y respondió al requerimiento con una demanda reconvencional en la que solicitaba que se anulara la cláusula incluida en el contrato privado de compraventa y en la escritura pública referida al pago del impuesto de Plusvalía. El magistrado desestimó la demanda formulada por Mego, eximiendo a S.R.M del pago de la cantidad requerida por la constructora, mientras que estimó la demanda formulada por la propietaria de la vivienda, declarando que la cláusula introducida en el contrato era nula por abusiva.

Este diario intentó ayer ponerse en contacto en reiteradas ocasiones con los servicios jurídicos de la constructora Mego para conocer su postura, aunque estos no contestaron a ninguna de las llamadas.

Además ésta abogada está llevando también otras demandas por el mismo motivo contra Pronorba (por el traspaso del impuesto de Plusvalía a los compradores de viviendas en dos bloques de viviendas del Rodeo) y Proexa, donde están en negociación con la constructora.