Autores responsables de un delito de falsedad en documento mercantil ha declarado la Audiencia Provincial a los hermanos Francisco y Antonio C. I., a cada uno de los cuales condena por ello a una pena de un año de prisión y el pago de una multa de 2.730 euros. Les absuelve libremente del delito de estafa del que también les acusaba el Ministerio Fiscal.

Según recoge la sentencia como hechos probados, Francisco y Antonio C. se dedican a la agricultura y estaban pasando un mal momento económico, por lo que pidieron dinero prestado a J., un cuñado del primero. Este, que ya les había prestado con anterioridad dinero que no le habían devuelto, se lo negó. Ante esta negativa, "conocedores de la solvencia económica de J", los dos hermanos se pusieron de acuerdo "y giraron contra J. una letra de cambio --la rellenó Francisco y la firmó Antonio-- por importe de 6.000 euros".

La letra consignaba como domicilio de pago la cuenta bancaria que J. tenía abierta en una oficina de una entidad bancaria de Miajadas, la cual les entregó el dinero por estimar que era auténtica y que les sería pagada a su vencimiento.

Al llegar el vencimiento de la letra de cambio la entidad intentó cobrarla en la cuenta bancaria que tenía J., que se enteró de que había una letra girando contra él cuando su entidad le informó de que la había devuelto sin abonar.

Al no poder cobrar la letra, la entidad se la pasó al cobro a Antonio C., que la hizo efectiva. Al abonarla, ni su cuñado ni la entidad sufrieron ningún perjuicio, por lo que los dos hermanos han sido absueltos del delito de estafa, pero condenados por falsedad en documento mercantil.