La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a la Unión Profesional Trabajadores Autónomos (UPTA) a abonar al hotel Extremadura 3.857 euros --más las costas procesales-- por el impago de 25 cenas y 10 habitaciones que reservó durante la celebración del I Congreso de Mujeres Autónomas de Extremadura, del 18 al 20 de junio del 2004 en el complejo San Francisco.

UPTA ya fue condenada en primera instancia por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Plasencia el 1 de febrero del 2006. Tras el recurso de apelación interpuesto por la asociación de autónomos, la Audiencia Provincial ratificó el fallo el pasado 29 de mayo dando la razón a la empresa demandante, Expansión Turística de Extremadura, del grupo Pinilla, propietaria del hotel cacereño.

En la instrucción de la causa y el recurso, el secretario general de UPTA, Luis Fernández Palomino, aseguró que su organización no contrató ni organizó evento alguno en el citado hotel, sino que el mismo fue organizado por la UTAE (Unión de Trabajadoras Autónomas de Extremadura), siendo UPTA una "invitada".

El juzgado, en primera instancia, y la Audiencia, en la sentencia definitiva, confirman que la contratación "fue llevada únicamente por UPTA y no por UTAE". "Fue siempre la demandada --UPTA-- la que, a través de su secretario general, contrató los servicios... no constando en absoluto dato alguno que indicara en estos momentos que la contratación fuese realizada a nombre de otra asociación", asegura la sentencia. Y añade que Fernández Palomino aportó el CIF y la dirección de UPTA y proporcionó teléfonos a través de los cuales el hotel Extremadura estuvo siempre en contacto con la agrupación de autónomos.

DOCUMENTOS Como prueba figura una factura a nombre de Fernández Palomino, con el anagrama de UPTA, donde se piden 6 habitaciones dobles y 4 individuales. Además, en la reserva definitiva aparece el nombre del secretario general de la asociación. Certifica, asimismo, la Audiencia que UTAE nace como una organización estrechamente vinculada a UPTA y que esta agrupación de mujeres fue la verdadera "invitada" al evento del 2004.

Todo esto "nos lleva a pensar que lo que realmente pretende la apelante --UPTA-- no es otra cosa que evitar el pago de unas facturas interponiendo a una sociedad insolvente --UTAE--, que ni siguiera estaba formalmente constituida en la fecha de los acontecimientos", concluye la sentencia.