Sobre las once de la mañana de ayer, casi a la misma hora que María Victoria Maya, de 45 años, recibía el último adiós de familiares y amigos en Casar de Cáceres, en la capital quedaba en libertad el presunto autor del atropello que le costó la vida a la empresaria en la madrugada del viernes, al comienzo de la avenida Virgen de Guadalupe.

E. S. S. C., un joven estudiante de Informática de 24 años de Gargantilla, conducía el Nissan Primera gris metalizado que mató en el acto a la agente inmobiliario. Circulaba bajo los efectos del alcohol y, según declaró ante la jueza de guardia, a una velocidad de entre 50 a 70 kilómetros por hora, según informaron a este diario fuentes de la fiscalía. En el vehículo, viajaban con él dos amigos y no uno como se informó ayer. Los tres volvían de una cena.

ABANDONO DEL LUGAR El joven declaró ayer por la mañana en el juzgado que en el momento del accidente no fue consciente de que hubiera atropellado a nadie y que al bajarse del coche ignoraba la existencia de una víctima mortal. Pensaba que sólo había rotura de mobiliario urbano, según las mismas fuentes.

Aseguró que no supo que había muerto una mujer hasta que se lo comunicaron los agentes de la policía local en el furgón de atestados. El cuerpo sin vida de María Victoria Maya, que en el momento del siniestro iba acompañada por una amiga que resultó ilesa, quedó bajo el vehículo, según informó el 112 el viernes.

Asimismo, E. S. S. C. confesó que abandonó el coche y anduvo unos metros hasta el Banco de España con los dos amigos, pero que volvió minutos después. Los tres ocupantes del coche tuvieron que romper los cristales para poder salir de él.

La explicación del joven, afirmó la fiscal, es que quería que sus amigos no se vieran implicados en el suceso y, además, que éstos avisaran a su novia, que vive cerca de esa zona. Los amigos contactaron con la novia y regresaron al poco tiempo al lugar. Esto rebatiría, en principio, una posible acusación de omisión del deber de socorro al no haber intención de fuga ni conocimiento del daño.

PERDIDA DE CONTROL De cómo ocurrió el siniestro, la fiscal explica que el joven testificó que perdió el control del vehículo sin saber la causa, que no se le había cruzado "nada ni nadie" en la calzada y que todo fue en cuestión de segundos.

Sobre la velocidad que llevaba el vehículo, mantuvo que, aunque no miró el cuentakilómetros, debía ir a una velocidad entre 50 y 70 kilómetros por hora, puesto que no pasó de la tercera marcha. Después de atravesar la mediana ajardinada central, la acera y arrasar con todo lo que encontró a su paso (el cuerpo de María Victoria Maya, un parkímetro y una palmera), el coche quedó situado sobre la segunda isleta con la parte delantera en sentido contrario al que llevaba en marcha.

Treinta y cinco minutos después del siniestro, el joven dio una tasa de alcohol de 0,60, más del doble de la permitida (0,25), y diez minutos después, en un segundo control, arrojó una tasa de 0,63, según el atestado policial. Ese dato ascendente indica, en opinión de un experto consultado, que hacía poco que el joven había ingerido la última bebida alcohólica.

Tras tomarle declaración, la juez del Juzgado de Instrucción número 6 dictaminó su puesta en libertad provisional con cargos por un presunto delito de homicidio imprudente.

El auto judicial de libertad estimaba la petición en este sentido de la fiscalía y del abogado del joven, al considerar ambos que no concurrían circunstancias que motivaran su ingreso en prisión preventiva hasta el juicio. Estas circunstancias serían el riesgo de fuga, la ocultación de pruebas o la reiteración delictiva. Según la fiscalía, ninguna se dan en este caso. La fiscal solicitó, como única medida preventiva, la retirada del permiso de conducir.

HOMICIDIO IMPRUDENTE En un principio, y a la espera de la calificación definitiva de los hechos delictivos por parte de la fiscalía y la personación de la acusación particular que ejercería previsiblemente la familia de la víctima, al joven sólo se le imputaría un delito de homicidio imprudente, castigado con una pena de uno a cuatro años de prisión, más la privación del derecho a conducir vehículos a motor de uno a seis años, según el artículo 142 del Código Penal.

Así, se descartarían otros delitos que inicialmente se habían considerado como imputables, como la omisión del deber del socorro por el intento de fuga y la conducción temeraria.