La Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal por la que se condenaba a dos años de prisión y la prohibición de conducir vehículos en cuatro años al autor del atropello mortal ocurrido el 17 de diciembre del 2004 en la avenida Virgen de Guadalupe.

La madrugada de aquel día Efren Sánchez circulaba por la avenida Hernán Cortés tras haber celebrado una cena navideña con unos amigos cuando, en el inicio de Virgen de Guadalupe, atropelló a María Victoria Maya, una mujer de 47 años que volvía de celebrar también una cena con sus compañeros y que falleció en el acto.

Por este suceso, al autor del atropello se le acusó de un delito de homicidio por imprudencia grave por el que fue juzgado el pasado mes de febrero en el Juzgado de lo Penal, y por el que fue declarado culpable y condenado.

En su fallo el juez acudía a "criterios de justicia y razonable proporcionalidad" para imponer al acusado una pena de dos años de prisión, la mitad de la máxima que contempla el Código Penal para dicho delito, y que significó para el acusado no tener que ir a la cárcel, al no ser la condena superior a dos años y carecer de antecedentes penales.

Se argumentaba en la sentencia que siempre "será imposible compensar la pérdida de una persona en la plenitud de su vida" y que "ningún castigo podrá servir del todo para restaurar el estado de cosas precedente al momento del siniestro", así como las condiciones personales del acusado: "un joven estudiante, carente de antecedentes, arrepentido y sumamente afectado por la tragedia a la que ha contribuido su negligencia".

EN DESACUERDO Con la sentencia se mostraron en desacuerdo tanto el abogado del acusado como el de la familia de la víctima, y ambos recurrieron el fallo del Juzgado de lo Penal ante la Audiencia Provincial.

Para la defensa no había quedado "suficientemente acreditada la conducción alcohólica ni tampoco el exceso de velocidad", y solicitaba a la Audiencia que los hechos se consideraran una falta y no un delito, imponiéndose una pena de multa y la prohibición de conducir por tres meses; y en caso de ser considerado delito, una pena de 1 año de prisión y 2 de retirada de carné.

La acusación particular pedía una condena de tres años de prisión, que de haberse estimado habría significado para el autor del atropello tener que ingresar en la cárcel. Esto no ocurrirá, al haber desestimado la Audiencia ambos recursos y confirmado la condena de dos años.