El autor del crimen de Fresnedoso, que ha pasado casi un año en prisión, se encuentra ya en libertad. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha dictado sentencia absolutoria "por la concurrencia en este caso de la eximente completa de legítima defensa" en el delito de homicidio del que se le acusaba. Además, se han tenido también en cuenta las circunstancias atenuantes de enajenación mental transitoria, arrebato u obcecación y confesión espontánea.

Esta era la tesis que esgrimía su abogado defensor y que también recogió en su veredicto el jurado popular al que ha correspondido juzgar a Germán A. T.

Para su abogado, Angel Luis Aparicio, que destacó el hecho de que no sólo se le ha absuelto, "sino que no se contempla para él ni responsabilidad civil ni ninguna otra medida, como orden de alejamiento", la sentencia dictada "recoge el objeto del veredicto del jurado y es justa".

HECHOS PROBADOS En el fallo judicial se establecen, como hechos probados, que Germán A. T., de 54 años, causó la muerte de dos puñaladas a su convecino Generoso S. S., de 53, "hecho que el acusado no ha negado en ningún momento" y por el que el jurado le declaró culpable de un delito de homicidio. Pero también, en base a las pruebas, el jurado estimó, y así también lo recoge la sentencia judicial, que el acusado actuó en legítima defensa, al temer por la vida de su hija y la suya propia.

El jurado, teniendo en cuenta los testimonios, estimó más veraz la versión del acusado y su hija --ambos declararon que la agresión la inició el fallecido arrojando piedras de gran tamaño contra el acusado-- que la de la dueña (cuñada del fallecido) de la finca donde ocurrieron los hechos --ésta afirmó que fueron antes las puñaladas que la agresión con piedraso--.

Contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial procede la presentación de recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, algo que la acusación particular ha anunciado hará por estar en desacuerdo.

El letrado de esta parte, además de considerar que de aplicarse una eximente por legítima defensa debería ser incompleta y no completa, lo que significaría una condena de entre cinco y diez años de prisión, solicitó se condenara al acusado al pago de una indemnización de 200.000 euros para la viuda y los tres hijos del fallecido.