El Ayuntamiento de Cáceres no tendrá que readmitir ni indemnizar a cuatro trabajadoras a las que hace un año despidió, alegando para ello la terminación de la obra o servicio para la que habían sido contratadas. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia así lo ha resuelto, al estimar el recurso interpuesto por el consistorio contra la sentencia que a favor de las trabajadoras dictó en enero el Juzgado de lo Social 1, y revocar dicho fallo judicial.

Entre el 1 de abril del 2006 y el 31 de marzo del 2008 las cuatro trabajadoras, como auxiliares de ayuda a domicilio, prestaron sus servicios para el ayuntamiento que, con una subvención de la Junta para el fomento de empleo, firmó con ellas un contrato "de obra o servicio". Los contratos se extinguieron el 30 de septiembre del 2008 "por la terminación del servicio".