A día de hoy la recurrente --la empresa Aridos Olleta-- carece de la licencia para la actividad que desarrolla, pues la concedida es para una planta trituradora y no para extracción ni aglomerados". Este párrafo está sacado de los fundamentos de derecho del último fallo que afecta a la cantera de Olleta, en el que se desestima el recurso que la empresa presentó contra la aprobación definitiva del proyecto para la urbanización del terreno donde se edifica el residencial Vistahermosa. La junta municipal de gobierno del consistorio conoció ayer el fallo. "No se puede seguir extrayendo áridos", aseguró su portavoz, el concejal Lorenzo de la Calle, que anunció el acuerdo de la junta de requerir a la inspección municipal que intervenga para "si se continúa operando, derivar las responsabilidades" que haya lugar. Ayer se seguía trabajando en la cantera.

En relación a la cantera hay varios procesos. El principal afecta a la licencia de actividad. Hay una sentencia del TSJEx que resolvió que no existe autorización para extracción de áridos y aglomerados. Y un auto del Supremo que no admitía a trámite el recurso de casación planteado por la empresa. Con estos acuerdos, el ayuntamiento estima que la sentencia del TSJEx es firme, según se recoge en el fallo que la junta local conoció ayer.

Esta última sentencia responde a otro proceso, aunque se aluda al tema de la licencia de actividad. Con su fallo, la magistrada del juzgado de lo contencioso avala el proyecto de la urbanización de Vistahermosa, donde se edifican casi mil pisos que quedan en su límite exterior a 1.340 metros de la cantera, cuando el reglamento de actividades y el plan general de urbanismo establecen que debe haber 2.000.

Pero la magistrada viene a priorizar la expansión urbana de una ciudad frente a la cantera y plantea respecto a ésta que hay dos opciones: su clausura e indemnización o dejarla conforme a las excepciones que marca el reglamento de actividades. En la sentencia se menciona la indemnización, cuestión bastante conflictiva, sobre todo si la tuviese que afrontar el ayuntamiento si se demostrase que tiene autorización. No obstante, en la misma sentencia se recuerda que "a día de hoy" carece de licencia, por tanto se estaría ante una actividad "clandestina", según se recoge en la sentencia del TSJEx.

José Antonio Olleta, uno de los administradores solidarios de la empresa, afirmó ayer que la sentencia del TSJEx "no es firme", que mantienen abiertas vías ante los tribunales y que la actividad de la empresa de áridos, que tiene 84 trabajadores, sigue.

MATADERO Y CARREFOUR La junta local también conoció ayer el auto del juzgado que suspende cautelarmente el acuerdo adoptado por el consistorio en 2007 para la recuperación por el municipio de un vial que conecta la glorieta interior que da acceso a Carrefour y McDonald,s con el solar del antiguo matadero. El auto es parte del proceso judicial que se sigue por el recurso presentado por Carrefour contra el acuerdo del ayuntamiento de devolución del vial, que sería el principal acceso al centro de recreo previsto en el matadero.

La suspensión cautelar no supone que la sentencia pueda ser al final contraria a las pretensiones del ayuntamiento y favorable a las de Carrefour. Es una pieza separada del proceso y se toma para evitar perjuicios irreparables a la empresa en caso de que el fallo le fuera favorable y tuvieran derecho a quedarse con el vial.