El Juzgado de lo Penal de Cáceres ha señalado ya la fecha de la vista en la que serán juzgados los cinco detenidos en los primeros disturbios que, a consecuencia del horario del cierre de los bares de copas, se produjeron en La Madrila.

Aquellos primeros disturbios, en los que participaron numerosas personas y cinco jóvenes fueron detenidos e ingresados en prisión durante casi una semana, tuvieron lugar el 6 de octubre del 2002. Un año después, concretamente el próximo día 8 de octubre, el caso será juzgado.

En el banquillo se sentarán M. P. A., A. G. G., I. R. C., F. S. C. F. y F. C. P., que habrán de defenderse de las acusaciones que se les imputan: la comisión de delitos de desórdenes públicos, daños y resistencia, entre otros.

Las penas que solicitan para ellos tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular (el ayuntamiento) no superan en ningún caso los dos años de prisión, por lo que ninguno, aun siendo declarados culpables --todos ellos han proclamado siempre y siguen proclamando su inocencia--, tendrá que ir a prisión.

HECHOS Y PENAS

Mientras que el Ayuntamiento de Cáceres, que se personó en el caso como acusación particular aproximadamente seis meses después de los incidentes, inculpa a los cinco acusados del mismo delito --desórdenes públicos-- y pide para todos la misma pena --dos años de prisión y el pago de una indemnización al ayuntamiento de 7.971,29 euros--, la fiscalía imputa a cada acusado unos determinados hechos y pide para cada uno las penas correspondientes.

Así, M. P. A. se enfrentará a las peticiones del fiscal de un año y seis meses de prisión por un delito de desórdenes públicos y 15 meses de multa con cuota diaria de seis euros por un delito de daños. A. G. G., por su parte, a un año y cuatro meses de prisión por desórdenes públicos y 12 meses de multa con cuota diaria de seis euros por un delito de daños.

Por un delito de desórdenes públicos se solicitan para cada uno de los otros tres acusados (I. R. C., F. S. C. F. y F. C. P.) la pena de un año de prisión.

Fiscalía solicita también el pago de indemnizaciones. Considera culpable a M. P. A. y A. G. G. de causar daños a contenedores y papeleras, por lo que "deben indemnizar conjunta y solidariamente" con 1.929,35 euros al ayuntamiento y 8.450,25 a Atesa. Además, M. P. A. "deberá indemnizar al ayuntamiento" con 217,8 euros por los daños en señales de tráfico, y F. C. P. con 450 euros al policía local al que causó lesiones.