La Comisión Jurídica de Extremadura acuerda en una resolución del 8 de marzo estimar parcialmente el recurso presentado por Inypsa, anular la propuesta de adjudicación de los concursos de la asistencia técnica a la dirección de las obras de los dos tramos de la ronda este y declarar nulos los dos concursos. Con esta decisión se aplaza el inicio de las obras de la vía urbana. Aunque la ejecución de las obras está adjudicada y los contratos formalizados, los trabajos no pueden iniciarse si no está resuelta antes la asistencia técnica a la dirección, control y vigilancia de las obras.

La comisión jurídica es un órgano consultivo, que tiene entre sus funciones resolver los recursos en materia de contratación. En la ley autonómica que la creó se indica que sus dictámenes no son vinculantes, salvo en los casos que legalmente se establezcan. Pero sí son determinantes, ya que si la administración, en este caso el órgano contratante es la Consejería de Economía e Infraestructuras, se separa del criterio de sus órganos consultivos deberá motivar la razón por la que no lo acepta.

Si finalmente se anula todo el procedimiento y se tiene que convocar una nueva licitación, la misma no se resolvería antes de seis meses, un periodo en el que quedaría en suspenso el inicio de las obras de la ronda este.

El acuerdo de la comisión jurídica se adopta en su resolución del recurso presentado por una Ute, participada mayoritariamente por Inypsa, contra la propuesta de adjudicación de la asistencia técnica para cada uno de los dos tramos en los que se divide la ronda. La comisión se inclina por anular los concursos de cada uno de los dos tramos porque los términos de los pliegos «no son claros, plantean dudas sobre su intención y no hay una sola interpretación lógica». Además recuerda que los principios de igualdad y transparencia, que deben garantizar la contratación pública, implican que todas las condiciones «estén formuladas de forma clara, precisa e inequívoca», circunstancias que «entendemos no concurren en este caso, ya que la redacción de los pliegos imposibilita una lectura e interpretación unívoca del criterio de preferencia a aplicar en caso de que la oferta de un mismo licitador obtuviera la máxima puntuación en más de un lote (tramo)».

CRITERIO DE PREFERENCIA / Ese criterio de preferencia es la clave de este caso. Una oferta, la de Lacer, fue la mejor valorada en los concursos de cada tramo. La mesa de contratación propuso que Lacer fuese la adjudicaria del tramo uno y que el segundo fuese para la oferta que se calificó segunda en el mismo, la presentada por la Ute Ronda Sur CCT2.

La Ute de Inypsa, que quedó segunda en el concurso del tramo uno, recurrió y su argumentación fue que de la interpretación literal del anexo del pliego se deduce que Lacer tuvo que ser la adjudicataria del tramo dos y que por tanto Inypsa debió resultar adjudicataria del tramo uno. En ese anexo se precisa que el criterio de preferencia se hará «atendiendo al ordinal de los lotes» y «de mayor a menor».

El órgano de contratación admitió en su informe remitido a la comisión que la expresión «de mayor a menor» no fue afortunada porque no era ese el objeto del criterio de preferencia, ya que lo que se pretendía era aplicar «el orden natural y lógico, esto es, primero el lote (tramo) uno y segundo el dos».

En sus alegaciones, la Ute Ronda Sur CCT2 argumentó que la «única interpretación racional» era la de aplicar la cláusula I del pliego para establecer el criterio de preferencia y que por tanto era correcto adjudicar a Lacer el tramo uno porque su oferta económica fue mayor que la que presentó para el tramo dos.

Aunque la resolución de la comisión se refiere al concurso de la ronda este de Cáceres, en el de la ronda sur de Badajoz los pliegos eran los mismos.

COBRO DE CHEQUES / La consejería informó ayer de que los cheques para el pago del depósito previo de las expropiaciones de la ronda este están bien conformados y sugirió a los que tengan problemas para cobrar del banco que los depositen en los servicios territoriales de la Junta, «que a su vez lo depositarán en la Caja General de Depósitos y desde ahí se liberarán para el cobro».