Agredió a su pareja, la amenazó y, tras causar destrozos en la casa, la dejó encerrada en ella durante casi 14 horas. Son los hechos por los que la Audiencia Provincial declara a un maltratador autor responsable de un delito de lesiones en el ámbito familiar, otro de amenazas, un tercero de daños y un cuarto de detención ilegal, por los que le impone una condena total de casi cinco años de cárcel y 3.040 euros de multa.

Los hechos por los que David Gonzalo Ascenso ha sido juzgado y condenado ocurrieron a última hora de la noche del 24 de octubre del 2008 en la vivienda que compartía con su pareja en la localidad de Moraleja. La Audiencia declara probado en su sentencia que sobre las cero horas del citado día, estando ambos en la casa, el acusado pidió dinero a su pareja y como esta se lo negó "adoptó una actitud violenta y agresiva, y la empujó contra la pared del servicio", lo que la hizo caer al suelo y sufrir un mareo momentáneo.

Tras agredirla, el procesado bajó a la planta baja, donde comenzó a golpear los muebles de la sala y rompió uno de los ventanales de la terraza, tras lo cual cogió un trozo de cristal de unos cincuenta centímetros, se acerco a la mujer y la dijo que si llamaba a su familia o la pedía auxilio, "con este mismo cristal te encontraré en tu pueblo".

Acto seguido, se concluye, David Gonzalo cerró la puerta de la casa con la única llave que tenían de la misma "y la dejó encerrada en la vivienda hasta las trece cuarenta y cinco horas del día siguiente", en que pudo salir "gracias a que acudió su primo acompañado de un cerrajero".

De su situación se enteraron a través de su madre, a la que la agredida logró alertar "por medio de mensajes de teléfono móvil repetidos e incompletos al carecer de saldo en el mismo".

De las lesiones que el procesado causó a su pareja, de los que tardó en curar un mes, tuvo que ser atendida en los servicios de urgencia de Coria.

DELITOS Y PENAS Estos hechos, que la Audiencia declara probado que cometió el acusado, son constitutivos de un delito de lesiones en el ámbito familiar, por el que le impone una condena de 8 meses de prisión y la prohibición de comunicar o acercarse a su víctima por un periodo de 2 años; otro de amenazas, por el que se le impone la misma pena que por el anterior; un delito de detención ilegal, por el que se le condena a otros 3 años y medio de prisión; y un delito de daños, por el que se le condena al pago de una multa de 3.040 euros.

También se le condena a pagar una indemnización de 900 euros a su pareja por los días que tardó en curar de sus heridas; y al propietario de la vivienda por los daños causados en la misma.