Una mujer de Cáceres ha sido condenada a un año de prisión por un delito de violencia doméstica en la persona de sus tres hijos. A la pena de prisión se suma la imposición de una medida de seguridad, la de no aproximarse a sus hijos por un periodo de tres años.

Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular estimaron que la acusada es autora de un delito del artículo 153 del Código Penal, al haber quedado probado que esta madre había ejercido violencia física y psíquica sobre sus propios hijos. Para apreciar la habitualidad de tales hechos, el juez tuvo en cuenta el número de actos de violencia acreditados, así como la proximidad temporal en los mismos, informó a EL PERIODICO Miguel Castro Vegas, abogado de la acusación particular, representante en este caso de los tres menores y su padre.

Desde hace más de un año, se hace constar, la acusada, consumidora habitual de alcohol y estupefacientes, ejercía violencia física y psíquica sobre sus hijos, y en ocasiones incluso les dejaba solos en casa o abandonados en la calle, siendo recogidos por algún vecino que los encontraba en el portal de la vivienda. Esta situación se fue agravando en los últimos meses, algo de lo que el padre de los menores tuvo conocimiento a través de los testimonios de los hijos y algunos testigos.

A la hora de dictar sentencia, el juez no apreció la atenuante del artículo 21.2 del Código Penal (la de actuar el culpable a causa de su grave adicción a sustancias como bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes...), "ya que se trata de conductas repetidas, lo que implica que la acusada sabe que bebiendo o consumiendo estupefacientes va a terminar ejerciendo violencia sobre sus hijos".

El padre, una vez firme la sentencia, ha solicitado que se le conceda la custodia de los menores, "aunque no se opone a que si las circunstancias cambian, y esto queda suficientemente acreditado, pueda dejarse sin efecto la medida de alejamiento para que los hijos puedan volver a mantener relación con la madre".

AVANCE

Para Miguel Castro, a través de esta sentencia se puede apreciar como en unos días un Procedimiento de Diligencias Urgentes queda resuelto, "con el consiguiente beneficio para las víctimas de maltrato doméstico, que ya no tienen que soportar un largo procedimiento ni temer alguna desgracia peor mientras se dicta la sentencia".

Son aspectos positivos, valora Castro, de la ley por la que se regula el procedimiento rápido de determinados delitos y faltas y de la recién implantada ley reguladora de la orden de protección a víctimas de violencia doméstica.