Por un delito contra la salud pública, con la circunstancia atenuante de parentesco, la Audiencia Provincial ha condenado a B. C. M., de 69 años, a un año y diez meses de prisión y al pago de una multa de 128,98 euros, correspondiente al tanto del valor de las drogas intervenidas conforme a su precio medio en el mercado ilícito.

En caso de impago de la mencionada multa, añade la sentencia, la acusada quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de 10 días de privación de libertad.

Los hechos por los que la procesada ha sido condenada, probados según consta en la sentencia, se remontan al 3 de diciembre del 2001. Dicho día, sobre las 09.00 horas, B. C. M. acudió al Centro Penitenciario de Cáceres para comunicar con su hijo S. V. C., que se encontraba por aquel entonces encarcelado.

La acusada había escondido entre sus ropas un envoltorio, que pretendía entregar a su hijo, que contenía 0,97 gramos de una sustancia que debidamente analizada resultó ser heroína, 0,17 gramos de cocaína, 1,71 gramos de hachís y 15 pastillas que analizadas resultaron ser Valium 10, así como un billete de 5.000 pesetas.

La acusada, al advertir que iba a ser cacheada por una agente, hizo entrega de las sustancias que llevaba escondidas.

ATENUANTE DE PARENTESCO

En el acto de la vista oral, el ministerio fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública. Consideró autora de los mismos a la acusada, con la concurrencia de la circunstancia atenuante muy cualificada de parentesco, y solicitó por ellos para la procesada la pena de un año y diez meses de prisión y multa.

Con las penas solicitadas por el ministerio fiscal mostraron su conformidad tanto la defensa como la propia acusada, y a las mismas ha sido condenada.