Hace casi un año, concretamente el 24 de febrero pasado, un vecino de Casas de Millán abusó de una convecina con la que mantenía una buena relación y la causó lesiones, hechos por los que el Juzgado de lo Penal de Cáceres le ha condenado ahora a un año y medio de prisión, así como a la prohibición de acercarse a su víctima y comunicar con ella en cinco años.

Todo ocurrió sobre las 11.30 horas, cuando el condenado, Julio B. M., accedió a la vivienda de una vecina "con la que mantiene una buena relación" y tras mantener una breve conversación y con el pretexto de interesarse por un bulto que ella tenía en el cuello, "guiado por un inequívoco ánimo libidinoso, se abalanzó sobre ella, introdujo la mano por dentro de la blusa con la intención de tocarle el pecho, lo que no consiguió al protegerse ella con los brazos".

Seguidamente, añade la sentencia del juez de lo penal, el acusado "persistió en su intención lúbrica y asió con fuerza a... por el cuello, tirando violentamente hacia atrás de su coleta para besarle en la boca". La mujer intentó evitarlo y se giró, ante lo que el acusado "la baboseó en el cuello", pero al ser empujado por ella, y ante sus gritos, huyó del domicilio.

CONFORMIDAD Como consecuencia de la agresión, hace constar el juez en su sentencia y como hechos probados, la mujer sufrió lesiones consistentes en contractura cervical y cuadro de ansiedad de presión agudo, de las que sanó a los 39 días, estando 25 de ellos incapacitada para su trabajo. Precisó tratamiento médico y padeció como secuelas un trastorno neurótico por estrés postraumático.

La sentencia condenatoria para Julio B. M. por estos hechos se dictó en el propio acto del juicio por conformidad de todas las partes, fiscal, acusación particular y abogado defensor, así como el propio acusado, algo que dispone la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal siempre que la pena no excediera de seis años de prisión.

Es lo que sucede en este caso. Al acusado se le declara culpable de un delito de agresión sexual, por el que se le condena a un año de prisión, y de un delito de lesiones, por el que se le imponen seis meses de prisión. También se le impone una prohibición de acercamiento y comunicación a su víctima.