El joven cacereño acusado de agredir a un agente de la policía local durante una persecución motivada en un robo que había cometido anteriormente pasará casi 4 años en prisión. I. C. A. se enfrentaba hasta una pena de 13 años, ya que el abogado del agente al que causó las lesiones le imputaba también un delito de homicidio en grado de tentativa, pues se aseguraba que llegó a arrebatarle su pistola y dispararle, "aunque no llegó a producirse el disparo porque el ama no estaba montada".

Este hecho ha sido considerado "no probado" por el juez titular del Juzgado de lo Penal que, no obstante, y tras el juicio, que se celebró los días 31 de octubre y 3 de noviembre, sí ha considerado probado que en la madrugada del 4 de julio del año pasado I. C. perpetró un robo en el bar Más que tapas , sito en la calle San Pedro de Alcántara, y que posteriormente intentó huir de los agentes que le persiguieron hasta Aldea Moret y tuvo un enfrentamiento con uno de ellos, al que causó lesiones durante los forcejeos mantenidos.

LAS PENAS Por todo ello, y así consta en la sentencia que ayer se hizo pública, el juez le ha declarado culpable de tres delitos: robo con fuerza en las cosas, por el que le ha condenado a un año y seis meses de prisión; atentado contra agentes de la autoridad, por el que le condena a un año y nueve meses; y de lesiones, por el que le impone una pena de siete meses de prisión. Un total de 3 años y 10 meses, tan solo dos meses menos de lo que pedía el fiscal. Además, tendrá que pagar al agente una indemnización de 1.300 euros --600 euros por los días que tardó en sanar y 700 por las secuelas--.

Ha quedado probado el robo, la huída, la desatención a las órdenes de "alto policía", los forcejeos entre el acusado y el agente, las lesiones que a éste causó el procesado..., pero según recoge en su sentencia el titular del Juzgado de lo Penal, "la mayor controversia" en este caso se produce respecto a lo ocurrido con el arma reglamentaria del agente, y que llevó a la acusación particular a imputar al acusado un delito de tentativa de homicidio.

Ante las pruebas y testimonios, "ciertamente confusos y contradictorios en muchos puntos, y que no tienen el refrendo de otras pruebas objetivas que pudieran arrojar luz sobre la cuestión, como podría haber sido la existencia de huellas dactilares del acusado en la pistola", el juez concluye que no se puede considerar probado que el acusado llegase a esgrimir en algún momento el arma del agente.