El Juzgado de lo Penal de Cáceres ha condenado a J. F. M. I., que trabajaba como portero del pub Ivanhoe en el año 2007, al pago de 13.051,47 euros al cliente M. A. B. por un delito de lesiones por imprudencia grave. La sentencia absuelve, por su parte, al encargado del local, E. J. C. H. de los hechos que se le imputaban. De la indemnización, según indica el auto, será responsable civil subsidiaria la entidad Dimarod Restauradores S. L., propietaria del establecimiento en el que prestaba sus servicios J. F.

Los hechos ocurridos se remontan a las cinco de la madrugada del 22 de diciembre de 2007 cuando J. F. M. I. y E. J. C. H., portero y encargado del pub Ivanhoe en la plaza de Albatros, recibieron un aviso sobre un problema que se estaría produciendo con unos clientes.

Ambos, indica la sentencia, se acercaron a la zona de la barra y en un momento determinado el cliente M. A. B. fue inmovilizado y se le condujo hasta la puerta, desde la cual fue expulsado al exterior, produciéndose en ese momento, y al desequilibrarse el escalón existente en la salida del pub, la caída del mismo, que apoyó las manos para protegerse, cediendo en este último movimiento los huesos de su antebrazo izquierdo, causándole una fractura abierta de radio y luxación de cúbito.

En la realización de dicha conducta intervino el acusado J. F., que era una de las personas que actuó para desalojarle, junto a otros que no han sido determinados, no habiéndose concretado que E. J. tuviera algún tipo de participación en tales hechos. El herido estuvo hospitalizado y permanece como secuela material de osteosíntesis, cicatrices de las operaciones que causan un perjuicio estético moderado y limitaciones de los últimos grados de flexión y pronación de la muñeca izquierda.