La Junta de Extremadura tendrá que pagar 1.718 euros a un conductor por los daños que un jabalí al que atropelló causó en su vehículo.

Así se establece en una reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) en la que se estima el recurso presentado por J. M. C. contra la resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente desestimando la reclamación administrativa que presentó por los daños causados en su vehículo en el atropello.

El suceso ocurrió sobre las 02.20 horas del 3 de junio del 2001 cuando J. M. C. conducía su vehículo por la carretera Ex-102, sentido Miajadas, y en el punto kilométrico 51,100 un jabalí irrumpió en la calzada "sin que pudiera el conductor evitar la colisión contra el animal debido a su repentina aparición".

En la sentencia, y en base a la Ley de Caza de Extremadura, se hace constar que el lugar donde se produjo el accidente "está calificado de coto de caza menor, y en consecuencia, no demostrada la existencia de un terreno cinegético con aprovechamiento de caza mayor en el momento en que se produce el accidente, extremo que corresponde demostrar a la Administración, el siniestro es causa directa y exclusiva de la falta de diligencia por parte de la Administración para evitar que las especies cinegéticas de caza mayor irrumpan en la calzada".