Las devoluciones del impuesto de plusvalía a aquellos contribuyentes que no han obtenido un beneficio en la venta de una vivienda o transmisión de un bien se producirán cuando la resolución del Tribunal Constitucional se plasme en una norma estatal o legislación, sería la de Haciendas Locales, que marque cómo hacerlo. Este es en principio el criterio que sigue el ayuntamiento.

Se está a la espera del cambio normativo para que se determine de qué manera se podrá verificar que no se ha producido un beneficio en la transmisión de un bien y cómo se tiene que tramitar la devolución. Por ahora se han recibido en el ayuntamiento reclamaciones y se han hecho consultas, aunque no solo a raíz de la última sentencia del Constitucional, sino desde la de febrero, que ya anunciaba el último fallo del 11 de mayo. Ese día el TC concluyó que el impuesto en su actual regulación vulnera el principio de capacidad económica, ya que no grava el incremento real del valor de un terreno o casa, que es el objeto y motivo del mismo, sino su posesión durante un periodo máximo de veinte años.

Solamente se tendrá derecho a la devolución si se demuestra que no ha habido una ganancia, si el contribuyente hace la reclamación y si el devengo del impuesto se ha producido en los últimos cuatro años, periodo en el que no ha habido prescripción (por este motivo los expertos aconsejan presentar la reclamación cuanto antes, aunque se resuelva con posterioridad). El impuesto grava diferentes tipos de transmisiones, muchas de las que se liquidan en el ayuntamiento proceden de herencias. Según publicó el Periódico de Cataluña en su edición del sábado, por lo general las transacciones en las que se pueden dar más casos de pérdida son aquellas en las que la vivienda se compró en el punto máximo de los precios, entre los años 2004 y 2007, y se vendió en el más bajo, entre 2010 y 2014 (el límite de la prescripción estaría en el año 2013).

3.600 CASOS / Ahora no hay un número de casos en los que el ayuntamiento tendrá que hacer frente a devoluciones, dependerá de las reclamaciones que se presenten. Tinsa, empresa especializada en valoraciones, sí hizo una estimación en marzo, cuando calculó que en las operaciones de venta de unas 3.600 casas de la provincia se había tributado de más por la plusvalía.

La modificación de la ley no solo tiene que establecer cómo se demuestra que no ha habido un beneficio, sino que tendrá que cambiar el sistema de cálculo del impuesto. El actual no valdría porque no tiene en cuenta si se ha producido beneficio o pérdida en la transmisión, ya que lo que se tiene en consideración es el valor catastral del suelo, los años de posesión en los que se ha tenido el bien para calcular la base imponible y el tipo impositivo que se fija en la ordenanza local.

Sería la segunda devolución en pocos años a la que se enfrenta el ayuntamiento tras la del IBI del suelo urbanizable por el que se tributaba como urbano pese a no tener programa de ejecución (ordenación) aprobado. El efecto que tiene el impuesto de plusvalía sobre el global de lo que recauda el ayuntamiento es reducido, este año es solo el 5% de lo que se prevé de recaudación de los impuestos directos, además la devolución solo se producirá en los casos en los que se demuestre pérdida.

PROPUESTA DE LA FEMP / Tras la sentencia del TC de febrero, Ciudadanos presentó una moción para que el ayuntamiento revisase la ordenanza y empezase a devolver el dinero, petición que reiteró en el pleno del 18 de mayo. En los dos casos la respuesta del gobierno (PP) fue que había que esperar a la modificación de la ley de Haciendas Locales. La primera vez se contestó en base a las indicaciones del área de Economía del ayuntamiento que aconsejó que una vez que el TC se pronunciase, lo hizo el 11 de mayo, había que esperar a que se produjese la especificación y extensión de los efectos de la sentencia y que hubiese una reforma de la ley estatal.

Habrá que estar pendiente a la reunión que el 30 de mayo tiene la junta de gobierno de la Federación Española de Municipios y Provincias. Según anunció su presidente, Abel Caballero, ese día se tomará una decisión sobre la propuesta que se remitirá al Gobierno para modificar la ley.