Dos propietarios de fincas situadas en los términos municipales de Guadalupe y Gata se enfrentan a la justicia por provocar incendios al quemar rastrojos sin las debidas medidas de seguridad. Los hechos ocurrieron en enero y marzo del año pasado, y los acusados serán juzgados próximamente por sendos delitos de incendio forestal imprudente, por los que el Ministerio Fiscal pide para cada uno de ellos una pena de 9 años de prisión y 3.654 euros de multa, además del pago de indemnizaciones a la Junta de Extremadura por los costes de la extinción.

El primero tuvo lugar en enero. El acusado, E. H. G., obtuvo el día 14 una autorización del Ayuntamiento de Gata para la quema de restos vegetales desde ese día y hasta el 14 de febrero en una finca rústica situada en el paraje conocido como Las Brozas, en el termino de Gata.

Pasadas las 12.00 horas del 17 de enero el acusado acudió a la finca y comenzó a realizar labores de limpieza y desbroce del terreno y sobre las 14.30 horas procedió a quemar los restos acumulados. Pero lo hizo sin cumplir las medidas de seguridad necesarias y, además, "el acusado no tuvo ningún reparo en abandonar la finca sobre las 17.00 horas sin dejar debidamente apagadas las hogueras", de manera que los restos incandescentes se propagaron por el monte, originándose sobre las 19.00 horas un incendio que calcinó 20 hectáreas de bosque, compuesto por pinos, robles y monte bajo, que quedó extinguido sobre las 15.00 horas del día siguiente.

También incumplió las medidas de seguridad y abandonó el lugar sin dejar debidamente apagadas las hogueras el otro acusado, J. T. M., el 8 de marzo del 2005 en la finca El Pozuelo, del término municipal de Guadalupe. En este caso el viento hizo que sobre las 19.00 horas se originara un incendio que pudo ser extinguido sobre las 04.00 horas, tras arrasar dos hectáreas de masa forestal compuesta por robles, castaños, monte bajo y pastos.