El tribunal que el pasado miércoles, 12 de febrero, juzgó a Diego Vargas Saavedra, apodado El Goya , le ha considerado culpable del tiroteo en el que el 21 de marzo del año pasado, en la barriada de Aldea Moret, resultó muerto un anciano y herida de gravedad una chica de 15 años. Por ello ha dictado para él una sentencia condenatoria de casi 29 años de prisión.

En concreto, la Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a Diego Vargas a 17 años de prisión por un delito de asesinato consumado, a 10 años de prisión por el de asesinato en grado de tentativa y a un año y siete meses por el delito de tenencia ilícita de armas. En total, 28 años y siete meses de prisión, aunque en la sentencia de la Audiencia se puntualiza "sin perjuicio de aplicar en su momento el límite máximo del artículo 76 del Código Penal", que establece que el máximo de cumplimiento de la condena será en este caso de 25 años.

También ha sido condenado Diego Vargas a indemnizar a sus víctimas, unas indemnizaciones que superan en total los 130.000 euros (más de 21 millones de pesetas).

HECHOS PROBADOS

La Audiencia ha considerado probado que Diego Vargas Saavedra, de 27 años, fue el autor de los disparos que el 21 de marzo del 2002 causaron la muerte de su tío Juan M. P., de 68 años, y heridas de gravedad a Diana J. M., de 15 años, hechos ocurridos sobre las 17.00 horas a la altura del bloque B de la calle Ródano.

Para el tribunal, el ataque del procesado, que huyó de la ciudad tras los hechos, desplazándose hasta la localidad de Tomelloso, donde fue detenido por la Guardia Civil a las 14.55 horas del día siguiente, "no puede, por menos, que ser considerado alevoso", sus víctimas estaban indefensas y no había riesgo para él.

Respecto al argumento esgrimido por la defensa, que no podía ser acreditado que la persona que realizó los disparos fuera su defendido, el tribunal lo ve probado por los testimonios, en el acto de la vista oral, "de cuatro personas que presentan la peculiaridad especial de conocer anteriormente al procesado, por ser tres de ellas parientes y otra, una de las víctimas, vecina del barrio".

Tampoco se considera que en los testimonios de los testigos, como mantuvo la defensa, existieran grandes discrepancias; ni la apreciación, para pedir atenuantes o eximentes, de que en el momento de los hechos Diego Vargas estuviera afectado por un síndrome de abstinencia.