Una médico que denunció haberse infectado de hepatitis al pincharse con la aguja con la que trataba a un paciente no tiene derecho a ser indemnizada por la Administración. Así lo resuelve la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), que ha estimado el recurso interpuesto por el Servicio Extremeño de Salud (SES) contra la sentencia que el Juzgado de Contencioso dictó el pasado 13 de marzo estimando la demanda de responsabilidad patrimonial que había presentado la doctora afectada. La Sala del TSJEx estima ahora el recurso de apelación interpuesto por el SES y revoca la sentencia del Juzgado, desestimando así la demanda de responsabilidad patrimonial solicitada el 12 de julio del 2001 por la médico afectada.

Todo se remonta al 23 de noviembre de 1993, día en que la demandante, médico radiólogo del Complejo Hospitalario de Cáceres, sufrió un accidente laboral consistente en un pinchazo en la mano izquierda con la aguja utilizada para la realización de una punción biopsia hepática a un paciente que era portador del virus de la hepatitis C. La afectada, según recoge la sentencia, no dio parte del accidente en ese momento "por no darle importancia", sino que lo hizo cuatro meses después.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo estima la demanda de la Administración, entre otras razones, porque "no se ha acreditado que la recurrente se pinchase al realizar la prueba", que de haberse producido tal pinchazo "lo habría puesto en conocimiento de forma inmediata" y que el accidente "no es consecuencia del funcionamiento del servicio público, sino de la propia recurrente".