El portavoz del gobierno, Andrés Nevado, anunció ayer que el ayuntamiento, como codemandado, presentará un recurso de casación contra la sentencia del TSJEx que anula la orden de la Consejería de Urbanismo que autorizó la ejecución del residencial Universidad, que con 549 viviendas se ha construido en la umbría de la Montaña. El acuerdo del ayuntamiento se suma al adoptado hace unos días por la Consejería de Fomento, que espera que el Tribunal Supremo atienda el recurso "y nos dé la razón", según comentó el miércoles Matías Martínez-Pereda, director general de Ordenación del Territorio.

Martínez-Pereda manifestó que las viviendas "son legales, otra cosa es que queden fuera de ordenación", aunque recordó que con el recurso el suelo "sigue siendo urbano". La sentencia anula la orden que recalificó el terreno y que lo pasó en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Cáceres de no urbanizable de especial protección a urbano.

PRESENTACION DE LA SOLICITUD

Martínez-Pereda defendió la recalificación que anula el fallo. Recordó que el suelo era urbanizable no programado cuando, dos años antes de la orden que aprobaba todo el proceso, Magenta, promotora del residencial, presentó la solicitud para cambiar la calificación, y añadió que entonces la protección del suelo estaba aprobada inicialmente y no era definitiva. Nevado apuntó que las licencias del residencial se han dado "cumpliendo la legalidad".

La asociación conservacionista Adenex, que cuando Magenta presentó la solicitud se opuso a su tramitación, ha criticado esta semana la actuación de la Junta y del ayuntamiento, y la ha calificado de "arbitraria y a favor de los intereses de una promotora".

Juan Antonio Martín, gestor de la asociación Ronda Este, que inició el proceso judicial que ha dado lugar al fallo del TSJEx, indicó ayer que no se ha tomado una decisión sobre la ejecución de la sentencia, insistió en que "no se quiere hacer daño" y añadió que "sí se debería resolver el problema" generado en la zona. La asociación está estudiando "los derechos indemnizatorios por el agravio comparativo" que supuso la autorización del residencial.