Un fotógrafo tendrá que indemnizar a una pareja de recién casados a los que perdió sus fotos de boda por problemas técnicos con el ordenador, según una sentencia judicial. Además de devolver a los novios los 300 euros que pagaron por contratar el reportaje fotográfico y videográfico de su enlace matrimonial, el fotógrafo deberá pagarles 2.000 euros, más los intereses, por el daño moral ocasionado.

El día del enlace, el 4 de junio del 2004, el fotógrafo y varios ayudantes realizaron las fotos y el vídeo en formato digital. Sin embargo, cuando días después la pareja fue a seleccionar las imágenes, no pudieron hacerlo por problemas informáticos y pasados unos meses, se les confirmó que tanto las fotos como el vídeo eran irrecuperables, ya que el disco duro donde se habían volcado se averió.

DEMANDA Los novios le demandaron ante los tribunales, reclamándoles una indemnización de 23.000 euros. El Juzgado de Primera Instancia número 2 les reconoció el derecho a ser indemnizados, aunque con una cuantía inferior. La pareja recurrió la sentencia y la Audiencia Provincial lo ha desestimado.

Los magistrados de la Audiencia reconocen que "no cabe duda" que el incumplimiento del demandado "generó un daño moral", ya que es "innegable" que tal acontecimiento (la boda) está generalmente considerado como un evento muy importante e incluso como uno de los días más especiales en la vida de los contrayentes.

Esto explica, según los jueces, que, "al no poder disponer de un reportaje que refleje la celebración de la boda, los hoy apelantes (los novios) sufrieran la pesadumbre, frustración e indignación por no poder contar con ese recuerdo ni poder exhibir el mismo a familiares y amigos", dice textualmente la argumentación del recurso de apelación.

Sin embargo, lo difícil es determinar la cuantía del daño moral. Así, los jueces entienden que el matrimonio no ha presentado pruebas que acrediten el alcance del perjuicio o la gravedad del "sufrimiento psíquico". Por lo que se cree "ajustada" la indemnización de 2.000 euros.