Los fetiches colectivos que codiciamos se nos presentan como un anhelo irrenunciable. Nos procuran una aspiración tangible, que representa y simboliza esperanzas y redenciones para nuestras frustraciones más íntimas. Se erigen, por tanto, como auténticas cuestiones de Estado que no admiten debate en este tiempo político de dirigentes sometidos a la inmediatez de la imagen y la encuesta particularizada hasta lo absurdo.

El hilo conductor que existe entre el siglo que se fue y el que tenemos encima es el anhelo humano, individual y colectivo. Jorge Amado (que nunca logró el Nobel, aún a pesar de la insistencia de Saramago y otros) hizo del anhelo de Salvador de Bahía por un puerto con dique de gran calado para la exportación de cacao, una de las más bellas novelas del XX, Gabriela, canela y clavo . El anhelo colectivo de Cáceres hoy se llama El Corte Inglés.

El Corte Inglés es la más grande y, tal vez, más antigua cadena de grandes almacenes española, que sigue en activo con espectaculares resultados empresariales. Una empresa española que mantiene un nombre que irrealmente remarca su procedencia foránea, por ese añejo fetiche de admiración incondicional por lo extranjero, y especialmente por lo anglosajón. Su implantación en Cáceres simboliza cruzar esa delgada e invisible línea entre la ciudad de provincias y la gran ciudad. Un marchamo de distinción sobre las que aún no lo han logrado, y ello aún a pesar de no llegar al umbral mínimo que marca la definidísima política de expansión de la empresa para implantarse en una localidad, los cien mil habitantes. El Corte Inglés ha echado sus cuentas (económicas, por supuesto) y ha decidido instalarse en Cáceres. ¿No sería igualmente conveniente que Cáceres echara también sus números? Entendemos que sí.

La instalación de un centro comercial con un considerable número de plantas sobre rasante y subterráneas en Las Acacias, vía principal de circunvalación interior de la ciudad, acompañada de un buen número de nuevas viviendas, va a generar como efectos inmediatos un aumento exponencial del tráfico rodado y una desaparición o merma considerable de los aparcamientos públicos de los alrededores. Unido esto a las nuevas demandas de dotaciones escolares, deportivas y demás servicios para las nuevas viviendas que genera la operación urbanística. Pero sobre todo y ante todo, esta operación va a generar unas importantísimas plusvalías, que no son negativas en sí, sino en función de cómo se aprovechen por parte de la ciudad.

A la ley extremeña del suelo (LSOTEX) se le planteó una batalla que aún continúa en el Tribunal Constitucional, por imponer en su articulado la obligación a los dueños de suelo urbano consolidado de ceder el 10% del aprovechamiento lucrativo en casos como este; teniendo el legislador extremeño probablemente en mente, las enormes plusvalías privatizadas al 100% en la operación de El Corte Inglés en Badajoz. Ahora no hay otro camino, hay que exigirlas al promotor dado que la suspensión que afectaba al artículo 14 de la LSOTEX ha sido alzada por el Constitucional, por tanto, no exigir el 10% a favor del ayuntamiento invalidaría la operación. El segundo capítulo en defensa de lo público obliga a estar alerta en el modo en que se valora ese aprovechamiento, dado que probablemente será monetarizado, esto es, será aportado por el promotor al ayuntamiento mediante compensación económica.

Pero la LSOTEX contiene otras garantías, partiendo del déficit de infraestructuras de la región, para mantener nuestras dotaciones actuales. Impide que se pierdan dotaciones educativas y sanitarias sin buscar medidas compensatorias, que en el presente caso van a tener que incrementarse por las nuevas viviendas previstas en la actuación, que la ley solo permite, de manera excepcional, si son exclusivamente de promoción pública. Con la exigencia añadida para eliminar dotaciones, en este caso docentes, que la Administración Autonómica se pronuncie sobre la existencia o no de demanda de los servicios que desaparecen, en este caso educación. Teniendo que guardarse igualmente en las previsiones de ordenación de la operación, la proporcionalidad existente entre usos lucrativos y dotaciones públicas que existe en la zona actualmente.

Estas son las limitaciones legales que tiene planteado el proyecto de instalación de El Corte Inglés por la LSOTEX, y que vienen reflejados en los artículos 74 y 80 de la Ley del Suelo de Extremadura (incluimos los artículos para que el lector pueda contrastar nuevas acusaciones de ignorancia al Foro por parte de versados urbanistas), siendo estos de interpretación clara. Los anhelos, casi con toda seguridad, harán que el proyecto salga adelante, pero entendemos que no puede ser a costa de cualquier cosa. El Foro de Urbanismo plantea, en este debate que esperamos que tenga continuidad en su discusión pública, la inconveniencia de tratamiento separado de la operación a la revisión del plan general, por afectar a la ordenación estructural de la ciudad, y algo tan elemental como el cumplimiento de las exigencias de la ley. No hay necesidad de acelerar el proyecto más que las que imponen los plazos electores y las plusvalías privadas que obtienen dueños e intermediarios, teniendo incluso los primeros la ventaja de no pagar IVA por su santo ministerio.

A la hora de tomar decisiones sería conveniente que recordáramos que este año también hubo primavera en Cáceres sin necesidad de que El Corte Inglés se viniera a vivir aquí.