En el informe del Tribunal de Cuentas se precisa que no se elaboró por el ayuntamiento el informe preceptivo que justificase la necesidad del contrato. Es un requisito obligado por la legislación de contratos del sector público que no se cumplió en la preparación de las condiciones del concurso. En sus alegaciones, el ayuntamiento lo justificó recordando que la legislación de contratos permite que el estudio de viabilidad lo pueda presentar la iniciativa privada, que fue lo que pasó en este caso, un estudio que fue aceptado por la administración local con lo que se justificaban las necesidades que se pretendían cubrir. En otro apartado del informe, también referido a la preparación del contrato, el tribunal advierte que hubo «cierta indeterminación» en aspectos económicos del contrato y falta de una memoria o estudio de mercado que justificase el presupuesto.