Los técnicos del área de Urbanismo del ayuntamiento plantean varias objeciones al reformado presentado por Expetrol. En una de ellas se apunta que por la ordenación prevista en el Plan General Municipal (PGM) solo se puede autorizar en la parcela donde se acomete la estación un uso comercial para establecimientos que estén dedicados a la exposición y venta de productos industriales, lo que no sería el caso de la gasolinera. Lo mismo considera para la cafetería al observar que solo se permiten establecimientos para consumo de bebidas y comidas como servicio al uso industrial que se desarrollo en la parcela, lo que estima que tampoco es el caso de la estación de servicio.