Entre las medidas de protección arqueológica que se establecen para la revisión del plan figuran las que aparecen en la normativa en vigor, en la que se regula que en las áreas de protección arqueológica se aplicarán las medidas incluidas en el Plan de Especial Protección y Revitalización del Patrimonio Arquitectónico de Cáceres, que como primer paso obliga a la realización de sondeos en las actuaciones municipales en materia de infraestructuras básicas con remociones de terrenos.

En esta normativa se establece que para las actuaciones de demolición, obra nueva o movimiento de tierra se necesitará un informe arqueológico que será previo o simultáneo a la solicitud o la concesión de la licencia. De sus conclusiones se puede derivar hasta la suspensión del permiso de obra cuando del resultado de la excavación se dedujera que el valor e interés arqueológico de los restos es fundamental, aunque la denegación de la licencia obligará a una compensación por alguno de los mecanismos del plan general o de la ley del Suelo.

Entre los espacios arqueológicos tipificados en suelo urbano y en su entorno en el plan de urbanismo en vigor están Maltravieso, la cueva del Conejar, la Huerta del Conde, el seminario, la antigua facultad de Filosofía y Letras, la ermita de San Marcos, las traseras de la ciudad deportiva en el Rodeo o la mayoría de los edificios y espacios de la parte antigua y el casco viejo.