El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 5 declara nulo el desahucio de la inquilina del local de la plaza de San Jorge que pretendía el ayuntamiento. Aunque sí considera que ha quedado extinguido el contrato con la comerciante, que finalizó el 1 de enero del 2015.

A la vista de que el gobierno municipal tenía la intención de realizar un cambio de uso en ese local (el consistorio iba a cedérselo a la Fundación Mercedes Calles y Carlos Ballestero para ampliar la cafetería que ha construido en la plaza de San Jorge, tal y como se recoge en el pliego de condiciones para la licitación de dichos locales), el juez estima que antes de ofrecerle ese espacio a otra persona o entidad, debía habérselo propuesto a ella. Es lo que se denomina "derecho de tanteo", que ha adquirido la inquilina, Ana Belén Garrido, porque lleva 47 años explotando un negocio de 'souvenirs' en este espacio.

Por tanto el ayuntamiento deberá notificar ahora a la afectada una nueva oferta contractual, es decir, tendrá que ofrecer de nuevo el alquiler del local al precio que estime oportuno (los tres locales que ahora ocupa la Fundación Mercedes Calles salieron a licitación con un canon anual de 8.133 euros, aunque finalmente se adjudicaron por 12.000). Garrido contará con 30 días para contestar dicha propuesta. De interesarle, el local continuaría siendo suyo. "Ella quiere quedarse allí y seguir trabajando. Siempre hemos estado dispuestos a pagar el alquiler, incluso a que revisaran ese precio", señala el abogado de la inquilina, Antonio Rubio.

Lleva desde enero sin abonar cuota alguna por estar ocupando el local porque el ayuntamiento extinguió el contrato y comenzó el proceso de desahucio. Ella está dispuesta incluso a pagar lo que le corresponde por el alquiler con carácter retroactivo, pero lo tiene claro, quiere seguir trabajando en su tienda, un negocio familiar.

Solo si Ana Belén Garrido no acepta la propuesta del consistorio, el gobierno municipal podrá ejecutar el lanzamiento del local y cedérselo a otra persona.

La sentencia no es firme, cabe recurso de apelación a la Audiencia Provincial. El ayuntamiento aún no ha decidido si la recurrirá. Tiene 20 días para hacerlo.